La Sala Constitucional declaró con lugar un recurso de amparo presentado por la Defensoría de los Habitantes, y ordenó al Ministerio de Educación Pública (MEP) a disponer, de inmediato, de un código para que en el Colegio Técnico Profesional de Santa Elena, Monteverde, se brinden los servicios de apoyo de educación especial.
La Defensoría acudió a la Sala IV luego de conocer casos de jóvenes con alguna discapacidad que no han continuado sus estudios de secundaria debido a que este centro educativo no cuenta con una oferta académica que se adapte a sus necesidades; y el colegio más cercano al que podrían asistir, Liceo de Chomes, está ubicado a 30 km de distancia.
La Defensoría realizó múltiples gestiones ante el MEP con el fin de que se valorara la posibilidad de ofrecer un programa de educación especial para estudiantes de secundaria de la comunidad de Santa Elena; no obstante, la justificación técnica del Ministerio para rechazar esta petición siempre estuvo sustentada en la necesidad de una matrícula mínima de alumnos.
En su resolución, N° 2013-13228, la Sala consideró, entre otras cosas, que el Ministerio no ha actuado de manera eficaz -sea con esa u otra solución- para asegurar que los amparados reciban la educación que el Estado está obligado a brindarles. Asimismo, considera el alto Tribunal, que la decisión del Ministerio de no aprobar lo solicitado y de no ofrecer una solución alterna viable, lesiona sus derechos a la educación y a la igualdad.
Para la Defensoría de los Habitantes esta resolución de la Sala Constitucional viene a significar una oportunidad educativa trascendental para las y los jóvenes con discapacidad de Santa Elena.
«Estamos muy satisfechos con la resolución de la Sala IV, hemos venido señalándole al MEP que limitar el acceso a la educación de estos jóvenes transgrede y lesiona abiertamente sus derechos, ampliamente resguardados por instrumentos internacionales como la Convención sobre los derechos del Niño y la Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad», dijo Luis Fallas Acosta, Defensor Adjunto de los Habitantes.
La Defensoría dará seguimiento al cumplimiento de esta resolución por parte del Ministerio de Educación Pública.
Cabe destacar que esta es la segunda oportunidad en que la Sala IV declara con lugar un recurso de amparo presentado por la Defensoría para que se garantice el acceso a la educación de personas con discapacidad; el primer caso se presentó en la escuela Salustio Camacho de Zarcero.
FUENTE: Defensoría de los Habitantes de la República de Costa Rica