COSTA RICA: La Defensoría se suma a la solicitud de rebaja de tarifas eléctricas

La Defensoría de los Habitantes presentó posición para que la Aresep revise la solicitud de la Cámara de Industrias de Costa Rica para una rebaja en las tarifas eléctricas de un 11% para el cuatro trimestre del 2013.

La solicitud de la Cámara se fundamentó en que una revisión del consumo de combustible para generación térmica de enero a julio de 2013, evidenció un gasto en combustibles que no era necesario para brindar el servicio, de acuerdo con el plan aprobado por la ARESEP y el uso óptimo de las plantas térmicas. Dicho gasto en exceso calculado por la Cámara en ¢17.552,0 millones, no debió incluirse como gasto tarifario y por tanto, ese monto debe ser reintegrado a los usuarios finales de la energía eléctrica.

Esa organización concluyó que en los primeros siete meses del año hay un exceso de colones gastados por el ICE (¢17.55,0 millones) reconocidos vía tarifa y que corresponden a un consumo ineficiente de combustibles que debiera devolverse al usuario final, debido a que el ICE no aplicó las pautas de consumo establecidas por la ARESEP.

Debido a lo anterior, la Defensoría de los Habitantes le solicitó a la Autoridad Reguladora de los Servicios Públicos, analizar y revisar en detalle la solicitud planteada por la Cámara de Industrias de Costa Rica, a fin de determinar si en realidad el ICE realizó un gasto ineficiente en la generación térmica contraviniendo las recomendaciones técnicas de la ARESEP, las cuales, según el artículo 6º de la Ley No. 7593 y sus reformas, son de acatamiento obligatorio para los prestadores de servicios públicos.

En el caso en que se compruebe de que dicho gasto ineficiente tuvo lugar según lo planteado por la Cámara de Industrias, la Defensoría solicitó a la Aresep determinar la magnitud real del mismo y la devolución respectiva a los usuarios finales, dado que según lo establece la Ley No. 7593 y sus reformas, los servicios públicos deben prestarse con base en el principio de servicio al costo.
En este sentido, el inciso c) del artículo 4 de la citada Ley, establece que es uno de los objetivos básicos de la Autoridad Reguladora es asegurar que los servicios públicos se brinden de conformidad con el principio de servicio al costo; el cual establece que en la fijación de las tarifas de los servicios públicos se deben contemplar únicamente los costos necesarios para prestar el servicio (inciso b del artículo 3º de la Ley No. 7593).

Asimismo, si bien, la ARESEP ha consultado al ICE y RECOPE sobre la situación de la planta térmica Garabito y los problemas con los cargamentos de búnker, según figura en el expediente ET-094-2013, considera esta Defensoría que, de comprobarse la situación planteada por la Cámara de Industrias, el asunto requiere de una investigación específica para que esta situación no se vuelva a presentar y se aclaren las responsabilidades administrativas y civiles dado el perjuicio hacia los usuarios por la magnitud de los recursos involucrados (¢17.552,0 millones).

 

FUENTE: Defensoría de los Habitantes de la República de Costa Rica