La Defensoría de los Habitantes presentó un recurso de amparo por el procedimiento aplicado por la Aresep para otorgar una fuerte alza en el servicio de luz para los clientes de la empresa Coopelesca (San Carlos y otras comunidades), debido a que a pesar de que esa cooperativa no planteara ningún ajuste diferenciado para el sector residencial, la decisión final pasó de ser una alza solicitada del 3.5% por parte de la empresa, a 8.3% otorgada por la Autoridad Reguladora.
Para la Defensoría de los Habitantes la resolución tomada por Aresep quebranta el derecho fundamental del debido proceso, así como una burla al derecho de participación de los usuarios, pues se dispuso de un aumento muy superior al solicitado por la empresa y además sin la posibilidad de que los clientes tuvieran como referente ese nuevo porcentaje, con miras a poder realizar oposiciones que se basaran precisamente en esa eventualidad, sino que durante todo el proceso de ajuste tarifario, el porcentaje de aumento de referencia que tuvieron las y los habitantes para el sector residencial estuvo entre el 2,74% y el 3% para los primeros 200 KWh y entre el 4% y el 4.4% para cada KWh adicional.
La Aresep razona que el alza obedece a la necesidad de mejorar la estructura tarifaria de la Cooperativa y disminuir las distorsiones existentes, pero para la Defensoría lo que en realidad sucedió en la realidad fue un aumento mayor al solicitado para las tarifas del sector residencial y reducir las de otros sectores.
«Si la cooperativa hubiese realizado una propuesta de esta naturaleza y ello se hubiese discutido en la audiencia pública, las y los usuarios y esta misma Defensoría podrían haber solicitado al ente regulador que esa mejora en la estructura tarifaria se hiciera en forma gradual o escalonada o diferida en el tiempo, de manera que se pudiera hacer menos sensible el impacto tarifario en el sector residencial.
Sin embargo, al no existir ninguna propuesta de esa naturaleza por parte de Coopelesca y por ende, ninguna discusión al respecto en la audiencia convocada, la indefensión generada por lo resuelto por Aresep para los y las usuarias del sector residencial de Coopelesca, fue absoluta», dijo esta tarde la Defensora de los Habitantes, Ofelia Taitelbaum.
En consecuencia, se evidencia que el acto administrativo tarifario que se materializa a través de la resolución No. RIE-027-2013, por parte de la Aresep, utiliza un motivo que nunca formó parte de los alegatos que se introdujeron al expediente administrativo de solicitud de ajuste tarifario.
En efecto, la Defensoría de los Habitantes pretende que la Sala IV anule esa resolución dictada por la Aresep y que se dimensionen los efectos negativos que el incremento tarifario ha generado en las y los usuarios del servicio de distribución eléctrica del sector residencial prestado por Coopelesca R.L. de forma tal que se establezca un mecanismo compensatorio que restituya el perjuicio económico sufrido por los clientes.
La Sala Constitucional comunicó a la Defensoría de los Habitantes que ya acogió para estudio dicho recurso de amparo.
FUENTE: Defensoría de los Habitantes de la República de Costa Rica