Costa Rica: Gobierno debe acelerar nombramiento de jerarca del PANI y plan de emergencia

La Defensoría de los Habitantes solicitó al presidente de la República, Carlos Alvarado, nombrar pronto al nuevo presidente o presidenta del Patronato Nacional de la Infancia (PANI), cumpliendo no sólo los requisitos mínimos que establece la ley orgánica de esa institución, sino además que tenga conocimiento específico en la gestión del PANI, con capacidad de gestión, y amplio conocimiento en la temática de niñez y adolescencia.

La solicitud de la Defensoría responde a la coyuntura que atraviesa esta institución y que en forma sistemática y reiterada esta institución ha señalado las debilidades del PANI, tanto en su rol constitucional de protección especial de los niños, niñas y adolescentes del país, como en su competencia legal en relación con su protección integral y la de sus familias.

Para la Defensoría hoy más que nunca el PANI debe estar preparado para los nuevos retos y desafíos de la población menor de edad, en especial vulnerabilidades que amenazan la integralidad de sus derechos: desigualdad, pobreza, violencia, adicciones, riesgos de las nuevas tecnologías en comunicación, entre otros

“La debilidad estructural del PANI, evidenciada durante las últimas décadas, para atender en forma eficiente y efectiva su cometido institucional, de manera, particularmente alarmante, en la atención de los casos de mayor prioridad y urgencia”, señala la Defensora de los Habitantes, Catalina Crespo. Plan de Emergencia para el 2020

En el oficio enviado al Presidente de la República, la Defensoría solicita además que, a partir de las condiciones de salida de la anterior jerarca, así como los cuestionamientos que diferentes órganos de control han planteado en relación con la gestión del PANI, dígase Comisión de Juventud, Niñez y Adolescencia de la Asamblea Legislativa, Contraloría General de la República y Defensoría de los Habitantes, se establezca un Plan de Emergencia para el año 2020, que encauce las acciones institucionales y estratégicas. Para ello, podría considerarse la conformación de un equipo experto externo asesor por un plazo determinado.

Adicionalmente, a partir de las competencias constitucionales y legales, se instruya al Consejo de Gobierno para que cumpla con su deber de vigilar el buen funcionamiento de los servicios que presta el PANI, a partir de la atribución constitucional y la facultad del Poder Ejecutivo de orientar a las instituciones autónomas en orden a las prioridades de los fines que impone el ordenamiento jurídico y los medios y acciones generales que deben seguirse para lograr su efectivo y cabal cumplimiento. En forma particular, que se ejerza la potestad de dirección de gobierno y respetando la naturaleza autónoma del PANI, sin perjuicio de la rendición de cuentas que le corresponde.

También, que se designe una instancia del Ministerio de la Presidencia que brinde seguimiento a la labor del Consejo Nacional de Niñez y Adolescencia, como órgano adscrito al Poder Ejecutivo, así como instruir a los jerarcas de los ministerios y presidencias ejecutivas que lo integran su participación activa, sostenible y coordinada en dicha instancia y, en forma particular, en la formulación y monitoreo al cumplimiento del Plan de Emergencia indicado.

Adicionalmente, la Defensoría urgió que se garantice el presupuesto necesario y sostenible del PANI para el efectivo cumplimiento de su cometido constitucional y legal.

Este ente defensor estará atento a las medidas adoptadas por la Presidencia de la República para el efectivo cumplimiento de su deber de vigilancia como instancia superior de Gobierno, al mejoramiento de la calidad de los servicios del PANI a favor de los niños, niñas y adolescentes del país

Oficina de Prensa Defensoría de los Habitantes