En salvaguarda de los derechos de las personas La Defensoría de los Habitantes envió hoy una misiva a los jerarcas de diferentes instituciones públicas para que, en el plazo de 24 horas, remitan un informe que detalle las previsiones que han tomado para garantizar la prestación de los servicios públicos esenciales a la población, tras el llamado a huelga general para el próximo lunes 10 de setiembre.
La Defensoría envió la solicitud a las autoridades de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS), Patronato Nacional de la Infancia (PANI), Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados (AyA); el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), la Refinadora Costarricense de Petróleo (RECOPE), el Ministerio de Salud, Ministerio de Justicia y Paz; el Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU), el Ministerio de Obras Públicas y Transportes, Empresa de Servicios Públicos de Heredia, la Junta Administrativa del Servicio Eléctrico Municipal de Cartago (JASEC), Cooperativa de Electrificación Rural de San Carlos (COOPELESCA), Compañía Nacional de Fuerza y Luz (CNFL), Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor (CONAPAM), Centros de Educación y Nutrición y Centros Infantiles de Atención Integral (CEN-CINAI).
Para la Defensoría resulta fundamental recordar a los jerarcas la obligación del Estado de garantizar la continuidad de los servicios, contenida en el artículo 61 de la Constitución Política, en el marco de los fallos de la Sala Constitucional, la Ley de Reforma Procesal Laboral, Ley No. 9343, artículos 375, 376 y el Decreto Ejecutivo No. 38767-MP-MTSS-MJP, que regulan el derecho constitucional de huelga en Costa Rica y a la prohibición de la huelga en los servicios públicos
esenciales, así como el procedimiento dictado para regular la huelga en estos servicios. La Defensoría de los Habitantes, como Institución Nacional de Derechos Humanos, estará vigilante de las acciones emprendidas para resguardar la vida, seguridad, y salud de la población e insta a la población a interponer sus denuncias ante la interrupción de los servicios esenciales.
Además la Defensoría recordó a las autoridades que el el derecho a huelga es un derecho reconocido así no solo en el ámbito constitucional y nacional, sino también en diversa normativa internacional, es un medio válido, que permite a los trabajadores la defensa y promoción de sus intereses económicos y sociales, así como la defensa de sus derechos en los conflictos jurídicos colectivos (artículo 371 Código de Trabajo).
En ese sentido el uso de la fuerza por parte de las autoridades policiales también está sujeto a los controles y parámetros establecidos por la misma jurisprudencia y cuerpos normativos, por lo que la Defensoría también sse mantendrá vigilante que estas disposiciones se cumplan en aras del sostenimiento a la paz social.
Oficina de Prensa Defensoría de los Habitantes