COSTA RICA: Defensoría lamenta rechazo a recurso sobre penalización de la violencia de género



 

La Defensoría de los Habitantes lamentó que la Sala Constitucional rechazara la petición de anular la sentencia No.15447-2008, que dejó sin efecto dos de los principales artículos (el 22 y el 25 ) de la Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres.

 

Con esta decisión el máximo órgano constitucional mantiene el criterio de eliminar los delitos de maltrato y violencia psicológica en contra de las mujeres de dicha legislación. La acción fue presentada por esta Defensoría y apoyada por diputadas de la Asamblea Legislativa, el Instituto Nacional de las Mujeres (Inamu), la red contra la violencia y una mujer víctima de agresión por parte de su compañero.

 

Una vez agotada esta vía, la Defensoría considera que ahora lo que queda es reforzar la aplicación de los artículos vigentes en la ley y procurar una reforma, sin perder de vista la especificidad de la violencia en contra de las mujeres, responsabilidad que queda sujeta a la Asamblea Legislativa.

 

Adicionalmente debe haber un mayor acompañamiento legal a las mujeres tomando en consideración que existe un mayor presupuesto asignado al Poder Judicial y reasignar montos para que se asuma esta competencia. Asimismo debe valorarse acciones en instancias de justicia internacional que posibiliten una discusión sobre el tema en el marco de los Derechos Humanos.

 

La Defensoría lamenta esta situación por la cantidad de víctimas de femicidios registrados en el país: en el año 2006 un total de 35 muertes; en el 2007 una cifra de 16, en el 2008 un total de 37 casos y en el 2009 la cifra ya asciende a 15 mujeres víctimas de violencia, lo que da un carácter de urgencia a la toma de medidas jurídicas en defensa de la vida de las mujeres.

 

Para la Defensoría no se trata de una violencia general, se trata de conductas que atentan contra la vida de las mujeres en todas las etapas de su existencia, desde niñas hasta adultas mayores y que cuando ocurre en el marco de relaciones de pareja, el cual tradicionalmente se ha considerado como privado y por ende ha estado excluido de una respuesta de política criminal, de sanción y de eliminación de la impunidad. De lo anterior se desprende una inmediata necesidad de que el Estado castigue esa violencia mediante su prohibición y su correspondiente sanción.  Y es que no es solamente una potestad, se trata de una obligación adquirida, y un compromiso internacional con los derechos humanos que los Estados deben honrar y defender.

 

Fuente: Tomado de la Defensoría de los Habitantes de la República de Costa Rica.