COLOMBIA: «Los militares deben recibir también penas alternativas» – El Defensor del Pueblo habla sobre el conflicto, las víctimas y los diálogos de paz en Cuba

Los militares detenidos para ser juzgados o ya condenados por delitos cometidos dentro del conflicto armado con la guerrilla pueden y deben ser beneficiados con las mismas medidas que se acojan para los alzados en armas, incluyendo la justicia transicional, es decir, la no privación de libertad en una prisión.

Así lo considera el defensor del Pueblo, Jorge Armando Otálora, quien cree también que soldados y policías, agentes, suboficiales y oficiales deben ser considerados víctimas del conflicto.

Otálora, exvicefiscal general de la Nación, no comparte las posiciones del procurador Alejandro Ordóñez y del partido Centro Democrático en el sentido de que los acuerdos de justicia transicional que se discuten en Cuba supongan impunidad.

¿Cuántas víctimas de la guerra tiene el país?

Son 6.657.985 víctimas oficialmente registradas.

La Fiscalía pedía que se incluyeran en el proceso a los autores de genocidios y delitos de lesa humanidad. La Corte Constitucional lo negó. ¿Estaba equivocada?

Desde la óptica de las víctimas, como Defensor de Pueblo considero razonable la prohibición establecida en el acto legislativo de no permitir la participación en política de quienes hayan cometido delitos de lesa humanidad y genocidio.

¿Usted, como Defensor del Pueblo, es partidario de perdonar a quienes cometieron delitos? No hablo de lesa humanidad…

Por supuesto. Lo fundamental, lo primordial en un proceso de paz es perdonar. Perdonar bajo unas condiciones claras que establece la Ley 1448; perdón en la medida en que haya verdad, en la medida en que haya justicia y reparación por parte del Estado y de los victimarios hacia las víctimas. Y que haya garantía de no repetición. Hay que perdonar para terminar con la guerra. La sociedad se cansó de sepultar víctimas; nos cansamos de que todos los días sigamos contando más huérfanos y más viudas y más niños reclutados para la muerte.

Es decir, ¿hay que perdonar?

Sí, pero en los términos de un proceso de transición, esto es, respetando los estándares de justicia, verdad, reparación y garantías de no repetición.

¿Usted está de acuerdo con la posición del Procurador en el sentido de que hay que penalizar con prisión?

No. Los modelos de justicia transicional permiten acudir a otro tipo de figuras, que deberán ser tenidos en cuenta durante este proceso. Este es un debate que debe enfrentarse sin dogmatismos.

¿Usted está de acuerdo en que no haya prisión?

Frente a los más graves delitos debe haber responsabilidad penal para los infractores, de manera particular para los máximos responsables. Pero la pena aplicable, en razón del equilibrio que exige la paz y la reconciliación, puede ser alternativa a la prisión, sin que pueda entenderse como un escenario de impunidad.

El Centro Democrático afirma que no se opone al proceso de paz sino a la impunidad. ¿Está de acuerdo?

Claro que en eso estoy de acuerdo. La impunidad sería un pésimo mensaje para las víctimas y para la sociedad. Pero no castigar con cárcel no significa impunidad. Cualquier pena alternativa es aceptable siempre y cuando estén satisfechos los derechos de las víctimas y, a través de ellas, de la sociedad. Ahora, plantear que a los responsables se les deben aplicar penas privativas de la libertad comunes sería exigir una suerte de rendición que haría inviable el proceso de paz.

En resumen, usted dice: «Perdón sí, pero con castigo, llámese como se llame.

Exactamente.

Frente a la participación de las víctimas en este proceso, ¿cuál es su posición?

En cumplimiento del mandato constitucional, la Defensoría del Pueblo debe promover, divulgar e impulsar el ejercicio de los derechos humanos. En este sentido, nuestra misión es acompañar permanentemente a las víctimas para asegurar que se respeten sus derechos, tanto en el proceso de diálogo como en la implementación de los acuerdos, para lo cual es necesario que sean escuchadas.

¿Quiénes deben representarlas en los diálogos de La Habana?

Son las víctimas directas quienes deben ir a La Habana. Ellas no requieren representación ni intermediarios.

¿Y cómo se hace para poner de acuerdo a quienes aspiran a intervenir?

Las Naciones Unidas y la Universidad Nacional, a través del Centro de Pensamiento y Seguimiento al Proceso de Diálogos de Paz, con el apoyo de la Conferencia Episcopal, han sido encargadas de definir una metodología que permita que la representación de las víctimas que irán a Cuba sea lo más democrática e incluyente posible. Entendemos que es una gran responsabilidad, puesto que se trata de un ejercicio –lo tengo muy claro– dispendioso y complejo, donde se debe garantizar que las 60 personas que asistirán a la mesa de diálogo representen realmente al universo de las víctimas.

¿Las víctimas están divididas?

No es que estén divididas. Lo que pasa es que cada sector tiene una agenda que defender en razón de los hechos victimizantes y los enfoques diferenciales.

¿Qué es lo uno y qué es lo otro?

Hechos victimizantes son los que han sufrido las víctimas de manera homogénea, como los desplazados. Ellos tienen sus representantes como todos los demás grupos sociales que se consideran víctimas. Y los enfoques diferenciales corresponden a consideraciones sobre hechos como la violencia contra la mujer, la indebida utilización de los niños, el secuestro, etc.

¿Quiénes son las víctimas del conflicto?

Todas aquellas personas que hayan padecido violaciones a los derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario. En este universo pueden encontrarse víctimas de la guerrilla, de agentes del Estado y de los paramilitares. Incluso hay un número muy importante de víctimas, aproximadamente el 35 por ciento, que no sabe cuál fue su victimario ni de dónde provenía.

¿Y todos tendrán representación en La Habana?

Precisamente, esa es la enorme responsabilidad que tienen las Naciones Unidas, el Centro de Pensamiento y Seguimiento al Proceso de Paz de la Universidad Nacional y la Conferencia Episcopal. Todas las víctimas y sus representantes están pidiendo, con todo el derecho, una representación que deben tener en Cuba. Es importante que, cuando se escojan los cinco grupos de doce que asistirán a los diálogos, lo hagan de manera muy democrática para que todas estén representadas. Estamos a la espera del primer grupo, que creo viaja el 16 de este mes.

¿Pero en La Habana se van a negociar acaso los derechos de las víctimas?

No. Eso es un error. Los derechos de las víctimas no se negocian. Se trata de buscar las mejores formas de reconocerlos. Por eso hemos visto con buenos ojos que, dentro de los 5 puntos que se acordaron discutir en La Habana, uno haya sido los derechos de las víctimas, que en mi opinión deben estar en el centro del proceso. Nunca, en la historia de todos los conflictos del mundo, las víctimas han participado directamente en las mesas de diálogo como se está haciendo ahora.

El jefe negociador Humberto de la Calle dijo en el Congreso que se había llegado a la columna vertebral del proceso. ¿Este tema de las víctimas es la columna vertebral?

Es el eje central de la negociación.

¿En qué consiste la reparación?

No se trata de cualquier reparación. En la Declaración de los Derechos Humanos están definidos estándares que se refieren a una reparación integral que incluye, entre otras, la indemnización, la restitución, las garantías de no repetición, medidas de satisfacción y la rehabilitación. Además, las víctimas esperan que los procesos judiciales, respecto de los victimarios, reflejen estándares de justicia.

¿Eso qué quiere decir?

Es justicia. Así sea transicional.

¿Miembros de Fuerzas Militares secuestrados o torturados son víctimas?

Para mí son víctimas todos aquellos miembros de la Fuerza Pública, en tanto su sufrimiento haya sido ocasionado por hechos no relacionados con el combate, de conformidad con el Derecho Internacional Humanitario (DIH).

Es decir, ¿todos los soldados, policías, oficiales, suboficiales secuestrados y torturados por las Farc deben ser considerados víctimas?

Soy enfático en decir que sí, en los términos anteriores.

Pero ni las fuerzas militares ni la guerrilla lo dicen así. Los militares los consideran militares y los guerrilleros, combatientes.

En cualquier caso, tanto unos como otros deben respetar el DIH. En ese sentido, de un lado, quienes hayan padecido infracciones al DIH deben ser considerados víctimas y, de otro lado, quienes hayan cometido estas infracciones pueden ser sancionados a la luz de la justicia transicional.

La diferencia consiste en que los guerrilleros, aún si incurren en un acto permitido por el DHI, como la muerte del adversario en combate, responden frente al derecho penal interno, y pueden y deben ser juzgados y condenados por la justicia nacional. En cambio, la muerte de un guerrillero en combate por la Fuerza Pública no solo es un acto legítimo frente al DIH sino también frente al derecho interno porque se actúa en cumplimiento del deber legal de enfrentar a quienes se han alzado criminalmente contra el régimen constitucional y legal vigente.

Ahora, si los miembros de la Fuerza Pública actúan por fuera del derecho, si recurren a la tortura, la desaparición forzada o dan muerte a guerrilleros que han sido capturados, también incurren en delitos y deben responder. Pero si los guerrilleros fueron capturados, heridos o muertos en acciones legítimas de la Fuerza Pública, no pueden ser considerados víctimas.

Es decir, ¿usted es partidario de que haya también justicia transicional para los militares detenidos?

Todos los actores del conflicto pueden ser cobijados por los eventuales beneficios de la justicia transicional. Si se va a tener una consideración en justicia transicional con la guerrilla, tiene que aplicárseles el mismo rasero a los militares. No existe ninguna razón constitucional para excluir a los miembros de la Fuerza Pública comprometidos con violaciones a los derechos humanos e infracciones al DIH de los beneficios de la justicia transicional.

Cuando usted era vicefiscal general, descubrió y denunció los ‘falsos positivos’. Y por esos asesinatos hay muchos militares en las cárceles. ¿No es, por lo menos, irónico que pida usted ahora su libertad del todo, señor Defensor?

No lo es, ni es por todo. Es importante precisar esto: las medidas de justicia transicional deben ser aplicadas únicamente a hechos directamente relacionados con el conflicto. Considero que los llamados ‘falsos positivos’ son delitos cometidos por fuera de la dinámica del conflicto.

Defensoría, acompañamiento permanente a víctimas

¿Cuál ha sido el papel de la Defensoría en este proceso?

La Defensoría del Pueblo fue convocada por Naciones Unidas y la Universidad Nacional para que, durante los foros regionales de víctimas que surgieron de la mesa de diálogo, brindara asesoría y orientación a las víctimas, como en efecto ocurrió. Además de lo anterior, ejercemos un acompañamiento permanente e independiente por la facultad que tengo como Defensor del Pueblo y como garante de los derechos humanos.

¿En el foro de víctimas que acaba de terminar en Cali, se reconoció o se criticó el papel de la Defensoría?

De hecho, la convocatoria que nos hicieron la Universidad Nacional y las Naciones Unidas fue ya un reconocimiento a nuestro trabajo, que valoramos. Ahora bien, de manera particular, diferentes sectores de las víctimas no solo reconocen nuestro papel sino que lo requieren. Así como ocurre con todas aquellas agremiaciones de víctimas que venimos acompañando en el ejercicio de secretaría técnica de las mesas departamentales y la mesa nacional.

 

 

 

FUENTE: Defensoría del Pueblo de la República de Colombia