COLOMBIA: DEFENSOR DEL PUEBLO PIDE QUE SE REPAREN DAÑOS A COMUNIDAD INDÍGENA DE URADÁ – JIGUAMIANDÓ

El Defensor del Pueblo, Vólmar Pérez Ortiz, ante los hechos ocurridos el 29 y el 30 de enero pasado, cuando efectivos de las Fuerza Área Colombiana realizaron operaciones sobre los territorios de la comunidad indígena Embera de Alto Guayabal, pertenecientes al Resguardo de Uradá-Jiguamiandó, que provocó heridas a dos miembros de esa comunidad y daños materiales en viviendas y cultivos, pidió hoy reparar integralmente los daños y demás afectaciones que pudieron haber ocasionado.

 
Hechos
 
De acuerdo con la información suministrada por las Autoridades Indígenas del Resguardo de Uradá-Jiguamiandó y la Organización Indígena de Antioquia (OIA) a la Defensoría del Pueblo, durante la noche del 29 y la madrugada del 30 de enero, se presentaron sobrevuelos de aviones de la Fuerza Aérea sobre los territorios de la comunidad indígena Embera de Alto Guayabal, ubicada en la cuenca del río Jiguamiandó en el departamento del Chocó.
 
En desarrollo de la operación resultaron heridos José Nerito Rubiano Bariquirá y Marta Ligia Majore, quienes fueron trasladados por efectivos del ejército colombiano hasta la ciudad de Medellín para recibir atención médica de urgencia.
 
En el lugar de los hechos se encontraban, además de los heridos, dos personas adultas y dos menores de edad, quienes no sufrieron heridas, pero resultaron afectados sicológicamente por el desarrollo de los hechos. Las personas mencionadas se encuentran hoy bajo protección de las Autoridades Indígenas Emberá de la Región.
 
Con la acción realizada por la Fuerza Aérea, en donde resultaron afectados integrantes de la población civil, igualmente resultó destruido el “tambo”, vivienda tradicional de los indígenas, los cultivos de pan coger en una extensión aproximada de una hectárea, y los animales domésticos de las familias indígenas.
 
Estos hechos fueron reconocidos como un error estratégico por parte de efectivos de la Fuerza Área ante las Autoridades Indígenas, funcionarios de la Defensoría Regional de Urabá y ratificados por el Enlace para Pueblos Indígenas del Ministerio de Defensa ante el Defensor Delegado para Indígenas y Minorías Étnicas.
 
Informes de Riesgo del SAT
 
La Defensoría del Pueblo, a través de la presencia permanente en la región de Urabá y las acciones defensoriales desarrolladas hasta el momento, ha advertido sobre el riesgo que corren las comunidades indígenas, afrodescendientes y mestizas de esta región del país.
 
De manera especial, el Defensor del Pueblo señala la advertencia presentada en el Informe de Riesgo No. 031 de 2009 expedido por el Sistema de Alertas Tempranas (SAT) a través del cual se declaró la respectiva Alerta Temprana por el Comité Interinstitucional de Alertas Tempranas (CIAT) en la sesión del pasado 19 de enero.
 
Recomendaciones del Defensor
 
A la Fuerza Pública: Promover de manera urgente un proceso de diálogo y concertación con las Autoridades Indígenas del Resguardo de Uradá, que permita el restablecimiento de los derechos conculcados a la población indígena afectada por estos hechos.
 
– La Defensoría del Pueblo reitera también la ejecución de las órdenes emitidas por la Corte Constitucional en el Auto No. 004 de 2009 de seguimiento a la tutela T-025 de 2004, para garantizar la salvaguarda y supervivencia de los pueblos indígenas y, especialmente, la adopción de la Ruta Étnica para la protección de los territorios colectivos, ancestrales y tradicionales.
 
– También el Defensor del Pueblo requiere que se adelanten las investigaciones que permitan establecer las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que ocurrieron los hechos señalados.
 
– Asimismo, insta al Ministerio del Interior y de Justicia para que se adopten las acciones de coordinación necesarias para la prevención de posibles desplazamientos que puedan provocarse por los hechos descritos.
 
Finalmente, a la Fuerza Pública hay que recordarle que en las operaciones militares siempre se debe aplicar el principio de la distinción previsto en del derecho internacional humanitario.
 
 
Fuente: Tomado de la Defensoría del Pueblo de Colombia