Chile: INDH llamó al Estado a cumplir con obligación de establecer normas y mecanismos de control para el uso de elementos disuasivos de Carabineros

El jefe regional del INDH en Valparaíso planteó en la Comisión de Derechos Humanos del Senado, que para el uso de elementos disuasivos no letales, hay estándares internacionales para la protección de la integridad física y psíquica de las personas que deben ser respetados.

Ante la Comisión de Derechos Humanos, Nacionalidad y Ciudadanía del Senado el jefe del INDH en la Región de Valparaíso, Fernando Martínez, se refirió a la posible adquisición por parte de Carabineros, de dispositivos que provocan ruidos molestos y dolor intenso en el oído para la disuasión de manifestantes, y recordó que hay estándares elaborados por los sistemas internacionales de protección de derechos humanos para el uso de estos artefactos que, aunque no son letales, pueden producir un daño en las personas.

“En ese sentido el criterio y el estándar de derecho internacional de los derechos humanos es que el uso de cualquier artefacto que tenga efectos disuasivos en materia de orden público tiene que ser restrictivo”, manifestó Fernando Martínez.

Martínez subrayó que el INDH ha evidenciado que “cuando se ha discutido judicialmente acerca de estos hechos, pareciera ser que la orientación que se ha planteado por parte de los agentes del Estado es que ciertos elementos, como por ejemplo el agua del carro lanza aguas que tiene CS u otros componentes que pueden provocar inflamación u otro tipo de laceraciones, no tendría efectos permanentes, pero los daños a la salud no son solamente permanentes, también hay daños a la salud que son transitorios y estos además causan un daño sicológico”.

Desde ese punto de vista, Martínez agregó que, aunque todos los casos deben ser analizados en su mérito, las violaciones a los derechos humanos pueden existir cuando el daño que se genera es permanente pero también cuando tiene un carácter transitorio.

El jefe INDH de Valparaíso señaló también ante la instancia parlamentaria que “el Instituto Nacional de Derechos Humanos insistirá en que el Estado cumpla con su obligación de establecer normativas claras respecto al uso de estos elementos disuasivos y supervise de manera adecuada el cumplimiento de los protocolos, normas y estándares para el uso de la fuerza”.