Firme y ejecutoriada se encuentra la sentencia dictada por la Segunda sala del Tribunal Oral en lo Penal de Valdivia, la que, por unanimidad, condenó a cuatro gendarmes por su participación en calidad de autores en la comisión de delitos de tormentos y apremios ilegítimos perpetrados en contra de un grupo de internos que habitaban el módulo 31 del Complejo Penitenciario de Llancahue.
Los hechos se remontan al 5 de enero de 2013, fecha en que se realizan dos allanamientos al módulo de máxima seguridad de la Cárcel de Valdivia, en tras el primer allanamiento se produce un amago de incendio en módulo 31 del CP Llancahue, en Valdivia, instancia en que los cuatro gendarmes condenados allanan y registran de manera abusiva a la población penal, en tal procedimiento se utiliza desmedida e inadecuadamente gas pimienta, en distintas partes del cuerpo, además de la utilización de perros rotweiller sin bozal, para luego proceder a golpearlos en distintas partes del cuerpo, de dicho procedimiento tres víctimas resultaron con lesiones menos graves por contusión facial, lesiones graves con daño renal producto de un punta pie recibido por uno de los condenados y un tercero resulto con heridas menos graves por mordedura de perro. Todos estos hechos fueron acreditados en juicio mas allá de toda duda razonable, estableciendo además un severo cuadro de daño psicológicos en las víctimas. .
Por estos hechos se interpuso una acción de amparo constitucional en el año 2013 ante la Corte de Apelaciones de Valdivia, acción que fue acogida, y dio inicio a la investigación penal por estos hechos. Posteriormente, el INDH presentó una querella criminal por apremios ilegítimos y otros tormentos en contra de los agentes del Estado. Ambas acciones se enmarcaron en la necesidad de propiciar la generación de mecanismos efectivos que garanticen la no repetición de actos constitutivos de tortura, delitos por el que fueron finalmente condenados.
Con posterioridad a la condena, la defensa de los gendarmes interpuso un recurso de nulidad contra la sentencia dictada, esto ante la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valdivia y un recurso de inaplicabilidad por inconstitucional ante el Tribunal Constitucional, ambos recurso fueron rechazados, por lo que se confirmó la sentencia del TOP de Valdivia, cuyas condenas que van desde 541 días de pena remitida hasta cinco años y un día de cárcel efectiva para uno de ellos.
Para el Instituto, ambas sentencias representan una contribución valiosa al esclarecimiento de los hechos y a la reparación de violaciones graves a los derechos fundamentales, en la perspectiva de garantizar mecanismos efectivos de no repetición de actos constitutivos de tortura