CATALUÑA: La delegada del Gobierno español y la Comisaría General de Extranjería niegan la visita del Síndic al CIE de Zona Franca

El síndic de greuges, Rafael Ribó, y otros miembros de su equipo, en calidad también de Autoridad Catalana de Prevención de la Tortura (ACPT), han visto denegada su entrada esta mañana en el Centro de Internamiento de Extranjeros de la Zona Franca de Barcelona.

La delegada del Gobierno español en Cataluña, María de los Llanos de Luna y la Comisaría General de Extranjería, a quienes se había comunicado previamente la visita, les han denegado el acceso.

El Síndic tienen, entre otras funciones, la de supervisar los centros donde hay personas privadas de libertad. Anteriormente el Síndic había visitado el CIE de la Verneda. Desde el año 2010 ha recibido varias quejas de personas internas en el CIE de la Zona Franca y ha abierto tres actuaciones de oficio. Dos actuaciones con motivo de la muerte de dos internos, la última en el mes de enero de 2012, y una tercera a raíz de la huelga de hambre de un grupo de internos para denunciar las condiciones del centro.

El Síndic, en aplicación del Artículo 56 de la Ley del Síndic, ha solicitado la colaboración de la Delegación del Gobierno de España en Cataluña para obtener información y completar estas actuaciones de oficio. La Delegación del Gobierno no ha facilitado información alguna al Síndic y ha incumplido el citado artículo de la Ley del Síndic.

Rafael Ribó reafirma la necesidad de normalizar, de acuerdo con la legislación vigente, las funciones del Síndic también en el CIE de la Zona Franca tanto por un principio de eficiencia en las labores de supervisión, como de transparencia.

La Ley del Síndic también atribuye a la institución, en virtud del Protocolo facultativo de la Convención de las Naciones Unidas contra la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas y ratificado por España, la condición de Autoridad Catalana para la Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, con el carácter de organismo independiente. Algunas de las funciones del Síndic como ACPT son visitar periódicamente los espacios en que se encuentren personas privadas de libertad y hacer recomendaciones a las autoridades competentes.

FUENTE: Síndic de Greuges de Catalunya