CATALUÑA: Empadronamiento de los inmigrantes en Vic

El Síndic estudiará la medida adoptada por el consistorio de Vic ya que la puesta en marcha de esta modificación incide directamente en los derechos del colectivo de inmigrantes.
El Síndic ha pedido información sobre los criterios de empadronamiento que aplicará el ayuntamiento de Vic en relación con los inmigrantes.
En el marco del Informe del Síndic de Greuges de Catalunya, de enero de 2008: «la Gestión municipal del empadronamiento de los inmigrantes» y ante las problemáticas que han aparecido últimamente y en concreto la del ayuntamiento de Vic, el Síndic de Greuges ha decidido abrir una actuación de oficio.

Según se ha informado, el ayuntamiento de Vic exigiría a los extranjeros demostrar que disponen del pertinente permiso de residencia o de trabajo al inscribirse en el padrón municipal de habitantes. En caso contrario, el consistorio concedería un documento «provisional» y les daría tres meses para normalizar su situación. Si durante este periodo no aportan los documentos, el empadronamiento se formalizaría, pero se comunicaría la irregularidad a la Dirección General de la Policía Nacional, que es el organismo competente para abrir los expedientes de expulsión.
El Síndic estudiará la medida adoptada por el consistorio de Vic ya que la puesta en marcha de esta modificación incide directamente en los derechos del colectivo de inmigrantes, tanto en lo referido a los derechos que garantiza la normativa de régimen local, como de extranjería y de protección de datos personales, y de aquellos, el ejercicio de los cuales está condicionado al empadronamiento, como por ejemplo los derechos en el ámbito de la salud, la educación o los servicios sociales.
Fuente: Tomado del Síndic de Greuges de Catalunya