El Defensor del Pueblo, Rolando Villena, a través de una carta enviada al Comandante en Jefe de las Fuerzas Armadas Almirante Victor Baldivieso, planteó seis temas que, a su criterio, deben ser debatidos e incluidos en las modificaciones que se trabajan en la Ley Orgánica de la entidad castrense (LOFA) y que se refieren a la protección, defensa y promoción de los derechos humanos.
En su nota Villena explica que estas propuestas están enmarcadas en el cumplimiento de la responsabilidad constitucional de la Defensoría del Pueblo y en el convencimiento que la misión de asegurar el imperio de la Constitución y responder al objetivo de la descolonización no puede alcanzarse sin un respeto estricto, permanente y comprometido de los derechos humanos.
«Consciente del precepto constitucional que establece que ‘la organización de las Fuerzas Armadas descansa en su jerarquía y disciplina, es esencialmente obediente, no delibera y está sujeta a las leyes y a los reglamentos militares’, me permito plantear a su Autoridad algunos aspectos que precisan ser debatidos en el proceso de construcción de la LOFA, a fin de compatibilizar la doctrina de las Fuerzas Armadas con los derechos humanos», indica en su nota.
Las recomendaciones de la institución defensorial señalan inicialmente que la LOFA debe incluir el derecho a la dignidad e integridad de las personas y la prohibición expresa de cualquier forma de torturas y tratos degradantes e inhumanos, principios y que deben proteger tanto a ciudadanos y ciudadanas civiles como a quienes prestan su servicio militar, a los estudiantes en los centros de formación militar, a todas y todos los miembros de las FFAA y a quienes prestan servicio o tienen alguna relación con la institución militar.
Villena plantea además la prohibición de toda forma de discriminación y racismo con determinación de sanciones drásticas para quienes incurran en ello, así como la creación de mecanismos para prevenir su ocurrencia en todos los ámbitos militares, como lo mandan la Constitución y la Ley. «Este aspecto debería tener una mención especial en las conductas que fortalecen o reproducen la discriminación por raza, origen, cultura, preferencia sexual y jerarquía, pero también por constitución física, estatura o discapacidad», acota el Defensor.
Las otras sugerencias se refieren a la obligación de protección y cuidado que tiene la entidad castrense sobre quienes se encuentran de manera permanente o temporal en condiciones de dependientes de la institución (conscriptos, cadetes o personal de apoyo y de servicio); asimismo, incluir una mención sobre la prohibición terminante y clara que los conscriptos y el personal subalterno sean utilizados para realizar trabajos privados en favor de las personas con mayor rango y jerarquía o de personal externo a la institución mientras se encuentra bajo dependencia de las Fuerzas Armadas.
Villena, además propone que es fundamental que se incluya de manera transversal el principio de la despatriarcalización y el respeto a la dignidad, la igualdad y la equidad de género, de modo que se trascienda la visión excluyente y colonial de inferioridad de la mujer en la Institución y se le brinde a quienes estudian o son parte de las Fuerzas Armadas, todas las garantías y oportunidades en condiciones de igualdad y respeto a su condición, previniendo y sancionando de manera drástica cualquier forma de discriminación, acoso o formas de violencia establecidas en la Ley.
Finalmente, el Defensor recuerda al Comandante en Jefe que los delitos contra los derechos humanos cometidos por miembros de las Fuerzas Armadas, deben ser procesados por la justicia ordinaria. «Este aspecto es sustancial para el ámbito de los derechos humanos ya que establece que en materia de los derechos humanos fundamentales, no puede haber tratamientos ni tribunales especiales», remarca, en alusión a la sentencia del Tribunal Constitucional 2540/2012.
La autoridad defensorial reitera el «pleno respeto a los principios de doctrina que sustentan la existencia y el trabajo de las Fuerzas Armadas. «Considero que éstos deben continuar siendo la base constitutiva de la Ley reformulada, sin embargo también estoy persuadido que los derechos humanos no son excluyentes ni contradictorios con la disciplina, la jerarquía ni la formación castrense», remarca.
La Defensoría del Pueblo ha delegado un profesional de la institución que asiste a las reuniones que analizan los cambios en la LOFA y que tienen que ver con los derechos humanos.
FUENTE: Defensoría del Pueblo del Estado Plurinacional de Bolivia