Defensorías del Pueblo de toda América del Sur, en una reunión realizada el 9 y 10 de julio pasados, en Santiago de Chile, debatieron y aprobaron el Estatuto y Reglamento que regirán el funcionamiento del Observatorio de Derechos Humanos de las Defensorías del Pueblo de Sudamérica (ODHDSA), instancia de coordinación regional destinada a fortalecer a las instituciones defensoriales del continente y generar insumos para incidir en las políticas públicas a través de la recolección, producción, análisis y difusión de información en materia de derechos humanos.
La creación del Observatorio se gestó en el Primer Encuentro de Defensorías realizado en Argentina en marzo de 2013, cuando se planteó la creación de esta institución internacional. Posteriormente, en una segunda reunión llevada a cabo en Ecuador, en 2014, se definió el direccionamiento estratégico que debe guiar el trabajo del Observatorio en la región y en el Tercer Encuentro, las y los representantes acordaron los estatutos para su funcionamiento y el reglamento interno de la Asamblea. El Observatorio está integrado por las Defensorías del Pueblo de Argentina, Bolivia, Chile, Ecuador, Colombia, Perú, Venezuela, Brasil, Paraguay y Uruguay.
El Defensor del Pueblo de Bolivia, Rolando Villena, uno de los principales impulsores del proyecto, señaló que “la creación del Observatorio es un avance muy importante para los derechos humanos en Sudamérica y resulta coherente que sean las Defensoría del Pueblo las que lo conforman ya que son precisamente estas instituciones las que están desempeñando el papel más importante para la defensa, protección y promoción de los derechos por su independencia, legitimidad, compromiso y especialidad”
Estatuto del Observatorio de Derechos Humanos
El Estatuto del Observatorio establece como principios la cooperación entre las instituciones; la autonomía respecto a cualquier instancia nacional, regional o suprarregional; la observancia constructiva y evaluación crítica de la vulneración de los derechos humanos en la región, priorización de las acciones en favor de los sectores en situación de mayor vulnerabilidad y respeto absoluto de la autonomía de las instituciones que integran esta instancia.
Entre sus funciones están la de proponer y coordinar el monitoreo de políticas públicas en materia de derechos humanos en los países de la región; emitir declaraciones públicas; formular recomendaciones a los organismos internacionales para la adopción de medidas tendientes a mejorar la situación de la defensa y promoción de los derechos humanos; elaborar herramientas para analizar y diseñar modelos de planificación participativa.
En relación al alcance de su actuación, esta entidad se propone poner especial énfasis en los temas invisibilizados en las agendas de los Estados, evitar la duplicación de acciones con otros mecanismos o instancias regionales, respetar la normativa y los procedimientos legales establecidos para las Defensorías del Pueblo y abordar temáticas que afectan a más de un país, que sean recurrentes en cada uno de los Estados de la región o que por su gravedad requieran la intervención del Observatorio a pedido de la Defensoría del Pueblo del Estado en cuestión.
Villena, al respecto, enfatizó que el funcionamiento de esta institución permitirá coordinar acciones a nivel regional para apoyar el trabajo de las Defensorías del Pueblo a través del intercambio de experiencias, producción de información y colaboración mutua de modo que se fortalezca la capacidad institucional para incidir en las políticas públicas de los Estados.
Por unanimidad, en este encuentro se eligió como primer Presidente del Observatorio a la Defensoría del Pueblo del Ecuador, por un período de dos años, mientras que la Secretaría Técnica quedó en la Representación de la Defensoría de la Provincia de Buenos Aires.
La Defensoría del Pueblo de Bolivia propuso que los primeros temas de análisis del Observatorio se refieran a los derechos de las mujeres y la igualdad de género, la violencia contra las niñas, niños y adolescentes y el derecho a la salud como derecho humano
FUENTE: La Defensoría del Pueblo del Estado Plurinacional de Bolivia