Bolívia: Defensoría presenta investigación sobre situación del trabajo sexual

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El Defensor del Pueblo, David Tezanos Pinto, presentó una investigación e informe que la Defensoría desarrolló sobre la situación del trabajo sexual en Bolivia, con verificaciones en ciudades capitales y El Alto, encontrando conclusiones sobre: violencia institucional; inaccesibilidad a la atención integral en salud; insuficientes condiciones para el control sanitario; necesidad de ley protectiva de los derechos de personas trabajadoras sexuales; inadecuadas condiciones laborales; estigmatización; discriminación; y situación de vulnerabilidad.

El Defensor señaló que “la resolución defensorial contiene recomendaciones a la Asamblea Legislativa Plurinacional, gobernaciones departamentales, gobiernos municipales; Policía Boliviana; los Ministerios de: Gobierno; Salud; Trabajo, Empleo y Seguridad Social; y Culturas”.

RECOMENDACIONES DEFENSORIALES

A la Asamblea Legislativa Plurinacional

– Aprobar una Ley que regule el Trabajo Sexual con enfoque de protección de derechos humanos.

Al Comando General de la Policía Boliviana

-Elaborar protocolos y líneas de control específicos para las intervenciones policiales a establecimientos donde se ejerce el trabajo sexual.

-Instruir a los Comandos Departamentales de la Policía Boliviana que actúen respetando los derechos humanos de personas trabajadoras sexuales, en las inspecciones policiales.

-Sancionar a aquellos efectivos policiales que vulneren los derechos humanos de personas trabajadoras sexuales.

Al Ministerio de Salud

-Se emitan políticas y estrategias específicas para la atención integral de salud a personas trabajadoras sexuales, en acceso, prevención y capacitación.

-Ampliar el alcance del Programa Nacional ITS/VIH/SIDA al área rural.

-Sancionar a las instituciones prestadoras de servicios de salud y/o personal de salud por infracciones a la Ley 3729 y su reglamento.

-Crear un registro informático único de personas trabajadoras sexuales a nivel nacional.

-Producir material de información sobre trabajo sexual; los riesgos a los que se exponen las trabajadoras y trabajadores sexuales, así como las medidas de prevención respecto de los mismos.

Al Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social

– Garantizar las condiciones adecuadas de salud higiene, seguridad y bienestar en el trabajo sexual.

Al Ministerio de Culturas

– Desarrollar políticas para la prevención de actos de discriminación contra personas trabajadoras sexuales.

Al Ministerio de Gobierno

– Formular e implementar políticas públicas de control para precautelar la seguridad ciudadana en los lugares donde se ejerce trabajo sexual.

– Supervisar que través de la Dirección General de Migraciones.

Al Ministerio de Salud, Gobiernos Autónomos Departamentales (SEDES) y Gobiernos Autónomos Municipales

– Realizar el control sanitario y de bioseguridad en los CDVIR, a través de mecanismos de supervisión.

– Capacitar sobre las medidas de bioseguridad al personal de los CDVIR.

A los Gobiernos Autónomos Departamentales

– Reglamentar los Centros Departamentales de Vigilancia y Referencia CDVIR, en relación con Trabajadoras y Trabajadores Sexuales.

– Dotar de profesionales a los CDVIR.

– Elaborar un Plan de Capacitación al personal de los CDVIR.

– Mejorar la infraestructura de los CDVIR.

– Proporcionar el equipamiento necesario.

– Crear mecanismos de atención y control sanitario.

– Provisión gratuita de preservativos.

– Realizar el control de los carnets de sanidad a personas trabajadoras sexuales.

A los Gobiernos Autónomos Municipales

– Supervisar periódicamente establecimientos donde se ejerce trabajo sexual, con el objeto de verificar la autorización y vigencia de las Licencias de Funcionamiento.

Recordatorio de deberes legales

Al Comando General de la Policía Boliviana

Es competencia de los SEDES, ejecutar las acciones de vigilancia y control de los carnets sanitarios de las trabajadoras y trabajadores sexuales en los respectivos operativos y no de la Policía Boliviana.