BOLIVIA: Defensor habla sobre linchamientos, violencia y responsabilidad del Estado

En ocasión de las Primeras Jornadas Nacionales sobre “Violencia Legitimada, Derechos Humanos y la Responsabilidad del Estado” realizada en el Teatro Gran Mariscal de la Ciudad de Sucre, organizada por la Escuela Boliviana de Postgrado, con el auspicio de la Universidad San Francisco Xavier de Chuquisaca y la Universidad Amazónica de Pando; el Lic. Rolando Villena, Defensor del Pueblo del Estado Plurinacional participó con la exposición de un tema actual y latente en el país, cual es la situación de los linchamientos en Bolivia.

 
En partes salientes de su intervención, el Defensor del Pueblo destacó que el linchamiento es una forma de violencia y un tipo de violación brutal a los Derechos Humanos. Y que esta forma de violencia adquirió notoriedad en Bolivia con el linchamiento del Alcalde de Ayo Ayo el año 2004.
 
A manera de dar una definición al linchamiento, Rolando Villena afirmó que es “una acción colectiva de carácter privado e ilegal, de gran despliegue de violencia física, que eventualmente culmina con la muerte de la víctima. Es una acción que se emprende en respuesta a actos o conductas reales de la víctima o imputados a ella, quien se encuentra en inferioridad numérica abrumadora privada de la acción”.
 
Si bien es cierto que en los linchamientos, intervienen múltiples factores  institucionales,  socioeconómicos, culturales,   éticos, o religiosos que, contribuyen a explicar su comisión en una gran variedad de escenarios; el Defensor del Pueblo consideró importante identificar tres factores recurrentes: a) la fuerte vulnerabilidad socioeconómica, b) la debilidad o ausencia del Estado y c) la crisis de valores; mismos que en lo cotidiano se expresan en la desprotección en que se encuentran determinados grupos, frente a índices elevados de delitos, corrupción y abusos de funcionarios públicos, lentitud de los procesos judiciales, impunidad de los delincuentes, pero en general: la debilidad o ausencia  del Estado.
 
Una de las principales características del linchamiento es la situación de indefensión  de  la  víctima, ante todo su indefensión física, por el carácter tumultuario del operativo. Otra característica es indefensión moral; ya que el linchamiento implica la descalificación absoluta de la víctima; el sospechoso es transformado automáticamente en culpable y pasible de castigo; la posibilidad de una defensa  es impensable. Por otro lado se encuentra la indefensión jurídica que aun en los casos en que se invoca la aplicación de un derecho consuetudinario, la defensa de la víctima es prácticamente imposible; no existen atenuantes ni justificaciones para el comportamiento por el que se le imputa.
 
En el cierre de su intervención, el Defensor del Pueblo de Bolivia, Rolando Villena afirmó que como resultado de las investigaciones  realizadas por la Defensoría del Pueblo en comunidades originarias de occidente, de la amazonia, como del oriente;  los linchamientos no son  prácticas  propias de esas culturas. Si bien es cierto que existen en ellas  un sistema punitivo para quienes infrinjan  normas y conductas  de su convivencia, no es menos cierto que, la finalidad que,  persiguen  consiste en aplicar sanciones de carácter moral  que al ser reconocidas por  el infractor o la infractora, apuntan a  la restitución del equilibrio quebrantado  mediante relaciones de pacificación delegadas a sus autoridades. “La práctica de los linchamientos  para la  Defensoría del Pueblo, son delitos que deben ser sancionados con todo el rigor de la ley en términos de la nueva concepción de la justicia única”.

FUENTE: Defensoría del Pueblo de Bolivia.