La Defensoría del Pueblo de la Nación participó en calidad de garante, con singular éxito, en el primer Proceso de Consulta Previa, Libre e Informada a Comunidades afectadas por el tendido de fibra óptica en Jujuy, garantizando el pleno ejercicio de los Derechos Indígenas de las comunidades afectadas.
A mediados de 2014, Comunidades Indígenas cuyos territorios se encuentran sobre la Ruta Nacional 9, al norte de la ciudad de Humahuaca, en Jujuy, denunciaron ante la Defensoría del Pueblo de la Nación la violación del derecho a la Consulta Previa, Libre e Informada, por parte de las autoridades en relación a las obras de tendido de fibra óptica por sus territorios.
Cabe destacar que las obras mencionadas se encontraban suspendidas desde 2013 y corresponden a la Red Federal de Fibra Óptica conforme lo establece el Plan Nacional de Telecomunicaciones “Argentina Conectada”.
A efectos de contribuir a la superación del conflicto existente y evaluar la pertinencia de promover un diálogo entre las partes, la Defensoría nacional inició conversaciones con todos los actores involucrados (ArSat, empresas privadas, organismos provinciales, Comunidades Indígenas, etc.) en aras a desarrollar un proceso de Consulta Previa de conformidad con lo prescripto por la Constitución Nacional.
Así, el 24 de Abril de 2015 se inició el Proceso de Consulta Previa, Libre e Informada a Comunidades afectadas por el tendido de fibra óptica en territorio de la Comunidad de Hornaditas. En dicho encuentro se comenzó por definir, de común acuerdo, el rol de cada uno de los actores en el proceso, los alcances del instituto jurídico de la consulta previa y se consensuó continuar con el acompañamiento de un facilitador/mediador y de representantes del Defensor del Pueblo de la Nación como garante.
Entre los acuerdos iniciales se pactó:
– que todo quedase registrado en actas, para lo cual las Comunidades iniciaron un Libro con ese fin.
– que el proceso incluyera a todas sus fases o etapas con el objetivo de llegar a una decisión final.
– que se actúe conforme a los principios generales de la Consulta Previa establecidos por las convenciones internacionales sin condicionar a las comunidades de modo que en ningún momento sean meras espectadoras. Que fuesen receptoras de toda la información, respetándose a sus instituciones representativas; todo en un marco de libertad.
Por otra parte, se consensuó un diseño del proceso de consulta previa en el que se diferenciaron 4 fases: a) presentación de la situación por las partes, que incluyó acuerdos sobre la modalidad de trabajo para el proceso e intercambio de información y explicaciones; b) una segunda fase de análisis de la información, de reflexión interna por parte de las comunidades y producción de nuevos estudios; c) una tercera fase de planteo de condiciones y petitorios; y d) una cuarta fase de definición sobre el acuerdo y la decisión de las Comunidades de prestar el Consentimiento Previo, Libre e Informado.
Uno de los hitos del proceso estuvo determinado por los estudios de impacto ambiental y arqueológico, en relación a los cuales las Comunidades solicitaron el apoyo de técnicos de confianza para el análisis y producción de nueva información cuyos honorarios fueron abonados por las empresas o el Estado.
En ese orden, las Comunidades en conjunto con representantes de Vialidad Nacional y Provincial, Gestión Ambiental, Secretaría de Comunicación y empresas ejecutoras, realizaron un recorrido por todo el trayecto propuesto para el paso de la fibra óptica y, seguidamente, acordaron la traza, priorizando las zonas libres de vegetación. También, que en el momento en la ejecución de la obra, se contará con la presencia de representantes de las comunidades afectadas para dar conformidad del recorrido definitivo.
El 6 de Junio se realizó en el Paraje Campo Colorado de la Comunidad de Negra Muerta el segundo encuentro del proceso de Consulta, en el que se acordó entre todos los actores, respetar las recomendaciones arqueológicas y ambientales surgidas de los informes realizados por los peritos.
Posteriormente se realizaron diferentes intercambios de peticiones, condiciones y aportes entre todas las partes, mediante encuentros presenciales y por vías telefónica y electrónica.
Por último, el sábado 29 de agosto se llevó a cabo el tercer encuentro en la Comunidad de Ovara, en las que todas las partes acordaron celebrar un Convenio prestándose previamente, conformidad con todo el desarrollo del proceso. Seguidamente se suscribieron Acuerdos y Compromisos mediante los cuales tanto ArSat, como las empresas privadas ejecutoras de la obra, como así también los organismos públicos provinciales involucrados, asumieron obligaciones en relación: a la obra de la fibra óptica; al acceso a documentación para los integrantes de las Comunidades; a diferentes cuestiones sobre Salud y Educación; a la instalación de antenas; al acceso a internet en lugares públicos y comunitarios; a la instalación de paneles solares y a la realización de obras menores en los territorios.
Todas las partes, además, se comprometieron a continuar trabajando en conjunto para el seguimiento de los acuerdos y compromisos celebrados de conformidad con los principios y estándares ya consensuados; y la Defensoría del Pueblo de la Nación, en su calidad de garante del proceso de consulta previa, manifestó su conformidad con el desarrollo del mismo y su satisfacción por el respeto de la normativa vigente en materia de Derechos Humanos, en especial de los Derechos Indígenas de las comunidades afectadas.
FUENTE: La Defensoría del Pueblo de la Nación Argentina