ARGENTINA: Por intervención del Defensor del Pueblo de la Nación, el CAPS Glew Sur adoptará medidas para optimizar la atención de las mujeres embarazadas y prevenir la violencia obstétrica

La intervención del Defensor del Pueblo de la Nación dió como resultado que la Municipalidad de Alte. Brown adoptara una batería de medidas para optimizar la atención de las mujeres embarazadas y así prevenir la violencia obstétrica, en el Centro de Atención Primaria de Salud (C.A.P.S.) GLEW SUR «DR. RAMÓN CARRILLO» .

Una mujer embarazada, residente en la localidad de Glew, provincia de Buenos Aires, solicitó la intervención de la Defensoría Nacional ante el dicho C.A.P.S. debido al maltrato recibido en ocasión de un control en consultorio durante su embarazo.

Por ello, en el marco de la investigación, se solicitó la intervención de la Municipalidad de Alte. Brown, de quien depende el aludido C.A.P.S.

En consecuencia, en su último informe, el Municipio informó que “se han adoptado las siguientes medidas a los fines de mejorar la atención integral de la mujer, fundamentalmente durante el embarazo y proceso de nacimiento como:

Implementación de modalidad de atención segura e inmediata para mujeres embarazadas y sus familias.

Implementación de turnos priorizados en todos los C.A.P.S.

Implementación de modalidades de asistencia y estrategias de abordaje interdisciplinarias e integrales de la mujer.

Capacitación a los equipos de salud sobre la Ley 25.929, con carácter interdisciplinario y participación activa tanto de profesionales como técnicos y administrativos.

Difusión sobre actividades de los diferentes programas nacionales al respecto, por ejemplo Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable y el Programa Nacional de Educación Sexual Integra”.

Además informaron que “dentro de las medidas de prevención de episodios de violencia obstétrica, desde el Programa Materno Infantil del Municipio y el Área de Obstetricia” están realizando “las siguientes actividades:

– La implementación de estrategias de capacitación continua del personal sanitario, con el fin de mejorar la atención médica con perspectiva de género. Se implementaron capacitaciones mensuales a los Equipos de Obstetricia sobre salud integral de la mujer, sobre derechos protegidos y violencia obstétrica.

– Diseño de protocolos específicos en el área de Atención Primaria de la Salud (obstetricia).

  • Implementación de medidas de sensibilización a la sociedad y de promoción de valores de igualdad y deslegitimación de la violencia de género, bajo modalidades de jornadas de difusión y campañas de concientización realizadas en los diferentes sectores del Municipio.
  • Elaboración de material didáctico audiovisual y difusión en Centros de Atención Primaria de la Salud sobre parto respetado y violencia obstétrica”.

 

* ¿Qué dice la ley?

La Ley Nº 26.485 (art. 6, inc. e) de “Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en todos los ámbitos que desarrollen sus Relaciones Interpersonales”, definió a la violencia obstétrica como “aquella que ejerce el personal de salud sobre el cuerpo y los procesos reproductivos de las mujeres, expresada en un trato deshumanizado, un abuso de medicalización y patologización de los procesos naturales, de conformidad con la Ley 25.929”.

También cabe destacar el marco de protección que establecen la Ley Nº 25.929 de Parto Humanizado y la Ley Nº 26.529 de Derechos del Paciente.

 

* ¿Usted o alguien que usted conoce recibió malos tratos durante el trabajo de parto,  parto y/o postparto?

Las denuncias pueden realizarse en el DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA NACIÓN, personalmente o por correo a Suipacha 365, a través de una nota explicando lo sucedido.

Ante cualquier duda, el Defensor pone a disposición sus contactos para casos de violencia obstétrica, puede escribir a oficina_genero@defensor.gob.ar, por teléfono al 4819-1500 o al 144 todos los días las 24 horas.

FUENTE: Defensoría del Pueblo de la Nación de Argentina

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