ARGENTINA: Necesario garantizar acciones que respeten DD.HH de los vecinos, acceso a la Justicia y la Defensa Pública

En la audiencia pública convocada hoy por la Corte Suprema de Justicia de la Nación por el saneamiento del Riachuelo, el Adjunto I a cargo de la Defensoría del Pueblo de la Nación, Anselmo Sella, reclamó que en la política de gestión ambiental que se lleva a cabo «deben garantizarse que las acciones que se ejecutan en el marco del proceso se realicen en el más estricto respeto a los derechos humanos de los vecinos involucrados, asegurándose el acceso a la justicia y a la defensa pública». 

»Un fallo paradigmático para la política ambiental requiere que en su ejecución las acciones se implementen a través de los instrumentos consagrados en la Ley General del Ambiente. Consideramos que resta trabajar en la institucionalidad de los instrumentos de gestión y política ambiental, de modo tal de asegurar que los cambios en la planificación para la cuenca cuenten con la participación de todos los sectores involucrados a efectos de asegurar que los objetivos establecidos en el fallo de la Corte vayan a ser cumplidos con la ejecución de las acciones previstas», afirmó Sella.

En la audiencia, destacó la reunión mantenida recientemente entre el Cuerpo Colegiado y las autoridades de ACUMAR donde la Autoridad se comprometió a facilitar y profundizar el acceso a la información y la participación ciudadana. Asimismo, Sella detalló al Máximo Tribunal que en la página web de ACUMAR no están publicados los escritos presentados ante el juzgado de ejecución desde el mes de diciembre de 2010, y que faltan indicadores que muestren reducciones en la emisión de sustancias contaminantes, o aquellos  que reflejen resultados en la provisión de bienes o servicios a personas con derecho a los mismos.

Finalmente, enumeró  algunas de las acciones promovidas en la etapa de ejecución de la sentencia por parte del Cuerpo Colegiado:

-La propuesta de creación de un registro único público de emisiones de sustancias peligrosas para todo el sector industrial y de servicios de la cuenca.

-La utilización del criterio de carga másica para el control de la contaminación de origen industrial.

-La evaluación de la situación del riesgo ambiental en el polo petroquímico de Dock Sud con carácter previo a la planificación de acciones.

-La propuesta de pautas a considerar en los procedimientos de relocalización de viviendas.

FUENTE: Defensor del Pueblo de la Nación, Argentina.