ARGENTINA: «La dignidad en el proceso de muerte: Aspectos bioéticos y jurídicos»

En la sede de la Defensoría del Pueblo de la Nación se está desarrollando un Ciclo de Foros y Charlas-Debate con el propósito de abrir un espacio de difusión, debate y análisis de los temas, investigaciones y actividades que lleva adelante la Institución en cumplimiento de su mandato constitucional de defensa y protección de los derechos humanos.

Dicho ciclo consta de varios encuentros donde se abordan problemáticas y temas referidos a los derechos humanos. En dos de los mencionados encuentros, se contó con la presencia de la Dra María Susana Ciruzzi -miembro del Comité de Ética Hospital de Pediatría Garrahan- para tratar el tema «La dignidad en el proceso de muerte: Aspectos bioéticos y jurídicos».

El pasado martes 27 de noviembre, la Dra. Ciruzzi expuso una clase teórica sobre los aspectos bioéticos y jurídicos en el proceso digno de muerte, mientras que el martes 4 de diciembre se debatió un caso práctico en el Hospital Garrahan sobre dignidad en el proceso de muerte: «Caso M: el derecho a ser inconsciente de la propia muerte».

«El debate sobre la muerte digna cobró especial relevancia en Argentina tras un caso pediátrico -el de Camila Sánchez, la beba que en 2009 nació con hipoxia, fue reanimada y luego presentaba un estado vegetativo permanente e irreversible – y el caso de M. es el de una chica menor de edad, por lo cual es importante diferenciar el concepto de capacidad civil del de competencia bioética», explicó Ciruzzi. «La competencia bioética es el derecho a ser escuchado y a que las opiniones sean tenidas en cuenta, independientemente de su mayoría de edad que puede no condecirse con su madurez emocional y su autonomía adquirida por la experiencia vital. Es una cuestión de sentido común», agregó.

Los temas en la presente jornada tratados a raíz del caso de M. fueron: el derecho a no ser consciente de la propia muerte, la preservación del mejor interés del niño/paciente, el concepto de calidad de vida, los criterios para evaluar la competencia de un paciente y el ejercicio de la autonomía en situaciones límites, entre otras cuestiones.

 

FUENTE: Defensoría del Pueblo de la Nación Argentina