La Defensoría del Pueblo de la Nación se encuentra realizando un seguimiento sobre la implementación y el cumplimiento de la denominada Ley BRISA (Nº 27.452) -sancionada en julio de 2018 y reglamentada por Decreto Nº 871/18 -, mediante la cual se establece el otorgamiento de una prestación económica, equivalente a un haber jubilatorio mínimo otorgado por la ANSES, a los menores hijas/os de madres víctimas de femicidio. La prestación es inembargable y se abona por cada hija/o menor de veintiún (21) años.
Teniendo en cuenta los datos recogidos por el Observatorio de Femicidios de la Defensoría, en la actualidad se comenzaron dos investigaciones puntuales; una sobre el caso de un abuelo en la provincia de Jujuy que quedó a cargo de su nieta y, otro caso de la provincia de Buenos Aires, donde tres niños –a cargo de su abuela- todavía no accedieron a la prestación económica.
En el caso de la provincia de Jujuy se cursó un pedido de Informes a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) y en el caso de la provincia de Buenos Aires se efectúo al Instituto Nacional de las Mujeres (INAM)
Actualmente la Defensoría procura conocer qué acciones implementa la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA (SENNAF) -en su carácter de Autoridad de Aplicación- junto con la ANSES y el INSTITUTO NACIONAL DE LAS MUJERES, para que los familiares de las víctimas conozcan y accedan a los beneficios previstos por la citada norma.