ARGENTINA: El Plan de Acción en El Impenetrable chaqueño es insuficiente para resolver los casos de desnutrición

La triste noticia de la muerte de Néstor Fermenía -un niño qom de 7 años que falleció en enero de este año como consecuencia de un grave cuadro de desnutrición y tuberculosis pulmonar -, viene a confirmar que, a pesar del Plan de Acción que se desarrolla en el Impenetrable Chaqueño, aún existen serios problemas de desnutrición y sanitarios que deben ser atendidos urgentemente.

Néstor vivía junto a su familia en una zona dentro del Paraje Paso Sosa, a unos 12 kilómetros de la localidad de Villa Río Bermejito, ubicada dentro del ámbito territorial que abarca la medida cautelar dictada en 2007 por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la cual ordenó que el Estado Nacional y la Provincia del Chaco  presten auxilio a las comunidades originarias, por estar «en emergencia extrema, con necesidades básicas y elementales insatisfechas».

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El entonces Defensor del Pueblo de la Nación, Eduardo Mondino, interpuso una acción judicial ante la grave situación humanitaria en la que estaban los pueblos indígenas chaqueños, el caso del niño qom es un ejemplo de ello, del sudeste del departamento Güemes y el noroeste del departamento San Martín en El Impenetrable chaqueño. En el cauce de esa acción judicial, se dictó una medida cautelar por parte de la Corte Suprema referida a proporcionar suministros a los puestos sanitarios de la zona.

Cabe destacar que la familia Fermenía está compuesta por cuatro niños que también padecen tuberculosis y que, a pesar de tomar su medicación, el tratamiento no logra dar buenos resultados, pues al no alimentarse adecuadamente, los niños vomitan los medicamentos recibidos. Según notas periodísticas publicadas en varios medios, en lo de Fermenía la única comida del día consiste solamente de una sopa con alitas de pollo y un huevo duro, que debe ser racionado entre los siete menores de edad que viven en el lugar, mientras que los mayores, ni siquiera comen.

Esta situación pone en evidencia la falta de alimentación apropiada, la atención sanitaria insuficiente y la carencia de suministros como agua, leche y alimentos (en particular aquellos que aporten proteínas) y se suma a otras ya denunciadas por esta Institución, lo cual amerita que se arbitren inmediatamente los medios tendientes a paliar esta angustiante situación por la que atraviesan los habitantes de la zona.

Además, resulta fundamental que dispongan de médicos que asistan a los enfermos y que, con apoyo de personal especializado del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, se evalúe la situación sanitaria y nutricional de quienes habitan el lugar, en particular la de los niños y ancianos.

Estas acciones resultan imprescindibles en orden, no sólo a la medida cautelar dispuesta por la Corte Suprema en 2007, sino también a lo establecido en diversos tratados a los que adhiere nuestro país, muchos de jerarquía constitucional, y para evitar que sigan lesionándose derechos esenciales de los integrantes de las comunidades indígenas localizadas en los departamentos de General Güemes y Libertador General San Martin.

Es importante destacar que el objetivo fundamental es el de superar el círculo de pobreza de la región a través de una inversión en obras de infraestructura y un programa de desarrollo productivo sustentable que permita generar ingresos que recompongan la histórica situación de postergación que tuvieron las familias que habitan El Impenetrable chaqueño

FUENTE: La Defensoría del Pueblo de la Nación Argentina