Ante las numerosas consultas recibidas en esta Defensoría del Pueblo de la Nación referidas a la imposibilidad que enfrentan los abogados de los beneficiarios de obtener el turno ante la ANSES a efectos de suscribir el Acuerdo necesario para continuar percibiendo el reajuste anticipado de Reparación Histórica, teniendo en cuenta la proximidad del vencimiento del plazo dispuesto por la ANSES (28 de febrero de 2018).
Habiendo tomado intervención en el asunto, se procedió al inicio de una Actuación de Oficio en la que se cursó un pedido de informe ante la ANSES solicitando si tiene previsto extender el plazo dispuesto mediante la Resolución Nº185-E/17, la que no mereció respuesta alguna.
En consecuencia, y toda vez que se halla habilitada la intervención de esta Institución en defensa y protección de los derechos de todo el universo de beneficiarios que se encuentran en la misma situación, y de conformidad con las previsiones de la Ley Nº 24.284, se procedió a RECOMENDAR a la Administración Nacional de la Seguridad Social a fin de que extienda el plazo dispuesto mediante su Resolución Nº185-E/2017, más allá de las bondades o no que dicho régimen pudiera exhibir y que al interesado incumbe evaluar.