Ante la escasa consideración de los aspectos sociales emergentes de los riesgos de contaminación ambiental del río Uruguay por la radicación de una pastera de la envergadura de la Planta Orión (UPM-ex Botnia), el Adjunto I de la Defensoría del Pueblo de la Nación, Anselmo Sella, se ha dirigido a la Presidenta de la Institución Nacional de Derechos Humanos y Defensoría del Pueblo del Uruguay, Lic. Mariana González Guyer.
La Defensoría argentina destaca como punto básico, dentro del cuadro actual, «la constatación de la escasa consideración de los aspectos sociales del conflicto planteado, como es la evaluación del sentir y opinar de las poblaciones afectadas en las dos márgenes del río Uruguay».
Antes de abordar esta carencia Sella enumera las circunstancias que permiten confirmar satisfactoriamente la puesta en marcha de una solución consensuada entre los dos gobiernos implicados para desarrollar unprograma técnico-científico que controle la contaminación.»Son fundamentales, por un lado, la presencia de un Estatuto Binacional del Río Uruguay y una Comisión Administradora Binacional del Río Uruguay (CARU) que lleva adelante la ejecución de sus principios».
«Es opinión de esta Defensoría -destaca Sella- que en todo conflicto ambiental deben existir mecanismos institucionalizados que aseguren una adecuada y transparente participación social de todos aquellos actores que estén vinculados directamente con el mismo. Es decir, consideramos que la participación social -permitiendo a los ciudadanos el ejercicio de sus derechos más fundamentales- es un factor esencial para asegurar su evaluación, seguimiento y solución. La misma representa no sólo un derecho a elegir un modo de vida sino, además, una manera estratégica de asegurar en el tiempo la preservación de los recursos naturales. Es sobre este punto que constatamos la inexistencia de una norma, dentro del Estatuto del Río Uruguay, que asegure la consulta y participación de las poblaciones afectadas en las decisiones de la CARU».
Concluye el Defensor argentino señalando que ha recomendado la creación de una Comisión Permanente de Consulta y una adenda al Estatuto del Río Uruguay que asegure la participación social dentro del ámbito de la CARU: «Ha sido nuestro interés compartir la información y preocupación (con la Defensoría uruguaya) con la seguridad de que el conocimiento mutuo de nuestras acciones y opiniones pueden generar un fructífero diálogo que aporte a tan importante tema para nuestros dos países», finaliza Sella.
Antecedentes
El año pasado y tras un pedido formulado por miembros de la Asamblea Ciudadana Vecinal de Gualeguaychupara que se garantice la participación ciudadana en lo referido a los proyectos de la empresa UPM-ex Botnia, la Defensoría del Pueblo de la Nación Argentina le recomendó al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto y a la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación que promuevan la creación de un ámbito permanente de diálogo con la ciudadanía de esa localidad entrerriana.
En ese sentido se solicitó a los organismos gubernamentales que implementen la creación de una Comisión Permanente de Consulta a efectos de facilitar el acceso a la información pública así como la intervención de los interesados. Al mismo tiempo se reclamó que sea impulsada la creación de un apéndice al Estatuto del Río Uruguay, con el fin de instrumentar mecanismos de participación social dentro del ámbito de la Comisión Administradora del Río Uruguay (CARU) introduciendo la figura, hoy faltante, de «participación del ciudadano afectado».
FUENTE: Defensoría del Pueblo de la Nación Argentina