En esa fecha, establecida por la Asamblea General de Naciones Unidas en el año 2008, se reconoce “…la función y contribución decisivas de la mujer rural, incluida la mujer indígena en la promoción del desarrollo agrícola y rural, la mejora de la seguridad alimentaria y la erradicación de la pobreza rural…”
Ellas representan el 43 % de la mano agrícola. Labran la tierra y plantan las semillas que alimentan naciones enteras, garantizando la seguridad alimentaria de sus comunidades.
Estas mujeres, más allá de su ubicación geográfica, comparten una realidad común: un alto grado de vulnerabilidad. Resulta imprescindible la formulación urgente de políticas públicas solidas y de largo plazo para revertir la situación de vulnerabilidad e invisibilidad de las mujeres rurales
Esto es así dada la confluencia de factores tales como: su condición de mujeres con realidades laborales en situaciones precarias, escasa remuneración, la dificultad para disponer de la tierra, créditos, materiales agrícolas. Se agrega a esto, la falta de acceso equitativo a los servicios públicos como la educación, salud, el agua y saneamiento.
La característica geográfica, suele generar un aislamiento que contribuye a invisivilizar su condición. La Convención para la Eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer, tiene una referencia específica a las mujeres rurales, estableciendo en su art. 14 que los Estados partes deben tomar las medidas específicas que garanticen la aplicación de la convención a las mujeres que comparten ésta realidad.
Esta temática fue retomada en los Objetivos de Desarrollos sostenibles así también en el marco del W20. Siendo la primera vez que la “mujer rural” se estableció como eje de trabajo en la agenda del G20
Garantizar su empoderamiento y visibilización no sólo es fundamental para el bienestar de las personas, familias y comunidades rurales, sino también para la productividad económica general, dada la amplia presencia de mujeres en la mano de obra agrícola mundial.