ARGENTINA: La Defensoría Nacional destaca la inclusión de la Puna en el subsidio tarifario al consumo de gas

La Defensoría del Pueblo de la Nación destaca la inclusión de los Departamentos de la Región de la Puna en el Decreto Nº 786/2002, el cual establece la compensación tarifaria por parte de las distribuidoras o subdistribuidoras zonales de gas natural y gas licuado de petróleo indiluido por redes para los consumos residenciales de gas efectuados en la zona.

De acuerdo a lo establecido en dicho Decreto, firmado el 8 de mayo de 2002, el beneficio del subsidio se limitaba a las provincias de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, Santa Cruz, Chubut, Neuquén, Río Negro, La Pampa, el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires y el Departamento Malargüe de la provincia de Mendoza.

El Artículo 84 de la Ley Nº 25.725 incluye a la Puna entre las regiones beneficiarias, pero dado que no se especificó la delimitación geográfica de la misma, la Secretaría de Energía requirió a organismos nacionales y provinciales el establecimiento preciso de sus límites y, así, se dictó la Resolución Nº 1373 -con fecha en octubre de 2005- que definió que la Puna, perteneciente a la provincia de Jujuy, abarca los Departamentos de Cochinoca, Humahuaca, Rinconada, Santa Catalina, Susques, Tilcara, Tumbaya e Yavi, y las localidades de la provincia de Salta que comprenden los Departamentos de Los Andes y La Poma.

Cabe destacar que la obtención de combustibles alternativos al gas natural en la Puna es una tarea dificultosa y costosa, por lo cual corresponde brindarle el mismo derecho que a las provincias patagónicas, en lo que a la determinación del costo de gas consumido se refiere.

La Defensoría Nacional se pone a disposición de los usuarios para el control de la aplicación de esta Resolución, habilitando todas sus líneas de consulta para aquellos que estuvieren interesados. 

 

FUENTE: Defensoría del Pueblo de la Nación Argentina