COLOMBIA: Defensor pide realizar reforma estructural al sistema de salud

Tras la muerte de la niña Ana María Forero Villamil en la IPS Clínica Cafam por causas que son motivos de investigación por parte de las autoridades judiciales, el Defensor del Pueblo, Jorge Armando Otálora Gómez, reiteró la urgente necesidad de realizar una reforma estructural al sistema de salud en Colombia.

Según el Defensor, en medio de la crisis que enfrenta el sistema de salud, particularmente en Bogotá, es preocupante que se registren casos como la muerte de una niña de apenas 11 meses de edad, cuando la Constitución claramente advierte que la atención en salud para esta población sebe ser prioritaria e inmediata y cualquier falta en su atención, se traduce en una violación de sus derechos fundamentales.

Para verificar lo ocurrido, un grupo de funcionarios de la Defensoría del Pueblo realizó en la mañana de hoy una visita a las instalaciones de la IPS Clínica Cafam, para indagar sobre las denuncias hechas por la madre de la menor fallecida, quien aseguró que la muerte de su hija ocurrió por negligencia en la atención y por fallas en la prestación del servicio de urgencias.

El grupo médico de la IPS les informó a los funcionarios de la Defensoría que la paciente recibió el tratamiento requerido, conforme a los protocolos y mejores prácticas del conocimiento médico actual. Y destacó que de acuerdo con los procedimientos legales será Medicina Legal la encargada de establecer la causa final del deceso de la niña.

El Defensor del Pueblo, recordó que «la protección, la garantía y el reconocimiento de los derechos de los niños y niñas están consagrados no solo en nuestra Constitución Política sino en los instrumentos internacionales ratificados por el Estado colombiano, donde se enmarca de manera particular el principio del interés superior. Lo anterior significa que, como sujetos de especial protección, existe un deber de garantía, reconocimiento y protección de sus derechos, por parte de la familia, la sociedad y el Estado».

«No existe ni debe existir excepción alguna a este principio (del interés superior), por lo que todas las autoridades, tanto públicas como privadas, incluidas las entidades prestadoras de servicios públicos, deben velar por la protección de sus derechos», puntualizó el Defensor Jorge Armando Otálora Gómez.

 

FUENTE: Defensoría del Pueblo de la República de Colombia