HIDALGO: CDH brinda capacitación a Médicos, Enfermeras y Administrativos de la Secretaría de Salud

La Comisión Estatal de los Derechos Humanos, a través de la visitaduría ubicada en Tulancingo,  ofreció una conferencia sobre Derechos Humanos y derechos y obligaciones los pacientes hospitalizados,  a trabajadores de la Secretaría de Salubridad de la zona 2 que comprende los municipios de Acaxochitlán, Acatlán, Metepec, Cuautepec , Santiago Tulantepec  y  Singuilucan.

 
 
DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL PACIENTE HOSPITALIZADO
 
El  paciente hospitalizado  puede  recurrir  a  una instancia  legal  para exigir el respeto a sus derechos, pero lo cierto es que depende más de la forma ética de los prestadores de servicio. Al margen de que la legislación sobre Derechos Humanos avance, los médicos tienen que privilegiar lo ético por sobre lo jurídico y hacer honor a una tradición que ubica a la medicina en la defensa de los derechos fundamentales de los pacientes.
 

DERECHOS DE LOS PACIENTES HOSPITALIZADOS
 
Todo paciente tiene derecho a recibir atención hospitalaria, de así ameritarlo su padecimiento.
 
Tiene derecho a que, a su ingreso al hospital, se le informe de las normas que rigen dentro del mismo y a saber quiénes serán los miembros del personal de salud encargados de su atención.
 
Tiene derecho a que se le brinden todos los recursos con que cuenta el hospital para lograr un diagnóstico correcto y oportuno y un tratamiento eficaz.
 
El paciente hospitalizado en una institución privada tiene derecho a recibir información sobre honorarios médicos y costos de los servicios y, en caso de no cubrirlos, no podrá ser retenido contra su voluntad.
 
Tiene derecho a recibir información sobre alternativas terapéuticas o de procedimientos diagnósticos, con el fin de determinar, conjuntamente con el médico, lo más conveniente para él, tomando en cuenta su ideología y sus creencias religiosas.
 
Tiene derecho a que se le solicite su autorización antes de que se le apliquen tratamientos o procedimientos que impliquen riesgos para él.
 
Tiene derecho a que la información contenida en su expediente clínico se maneje confidencialmente.
 
Tiene derecho, si sus condiciones lo permiten, a nombrar un representante que reciba información o que tome decisiones por él en lo concerniente a su salud, si las circunstancias así lo exigen.
 
Tiene derecho a recibir un trato digno y humano por parte del personal que labora en el hospital, independientemente de su diagnóstico, situación económica, sexo, raza, ideología o religión.
 
Tiene derecho a recibir información veraz, concreta, respetuosa y  en términos que pueda entender, en relación con su diagnóstico, tratamiento, pronóstico y sobre los procedimientos a los que se le puede someter.
 
Tiene derecho a solicitar su egreso voluntario del hospital, sin que esto afecte su futura atención por la misma institución.
 
Tiene derecho a participar voluntariamente como sujeto de investigación, sin que en su decisión influyan presiones de ningún tipo, siempre y cuando conozca los objetivos, riesgos y beneficios de la investigación, así como a desligarse de ella en el momento en que lo decida, sin que ello afecte la calidad de su atención.
 
Tiene derecho a que sus órganos o especímenes quirúrgicos sean tratados digna y humanitariamente.
 
Tiene derecho a una muerte digna y a un trato humanitario de sus restos mortales.
 
Tiene derecho a ser transferido de un hospital a otro, en caso de ameritarlo su padecimiento, siempre que se le indique el objetivo de dicha transferencia.
 
Tiene derecho a participar en forma activa en su tratamiento y restablecimiento.
 
Tiene derecho a recibir la visita de sus familiares y amigos, si ésta no va en perjuicio de la evolución de su padecimiento.
 
 
Tiene derecho a atención espiritual por parte de ministros de la religión que profese.
 
Tiene derecho a gozar de actividades recreativas, siempre que el hospital cuente con áreas específicas para tal fin.
 
Tiene derecho a la comunicación telefónica, siempre que el hospital cuente con este servicio y no exista contraindicación médica para ello.
 

OBLIGACIONES DE LOS PACIENTES HOSPITALIZADOS
 
El paciente hospitalizado está obligado a su vez a cumplir con las normas hospitalarias y de respeto a los demás que también tienen derechos que ejercer y que los límites del ejercicio de los derechos los marcan los derechos de los demás.

FUENTE: CDH del Estado de Hidalgo, México.