Dos años después de que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) resolviera que el Estado costarricense violentó la Convención Americana de Derechos Humanos al prohibir la técnica de fertilización in vitro, el país «no ha dado pasos efectivos hacia el pleno cumplimiento ni ha tomado medidas coincidentes con una voluntad de acatar la sentencia».
Así se desprende de un informe de seguimiento presentado por la Defensoría de los Habitantes ante el tribunal interamericano por el incumplimiento de la sentencia del 28 de noviembre de 2012 en el caso
«Artavia y otros vs. Costa Rica».
En criterio del ente defensor «no se ha brindado el impulso político necesario para la aprobación de la norma que levante la prohibición de FIV en el país y que regule la implementación de la técnica a pesar de que todas las instancias gubernamentales han señalado que es solamente a través de una norma legal que se podrá implementar la sentencia». De acuerdo con el informe, esta interpretación supedita el cumplimiento de la obligación de acatar la sentencia a una norma de derecho interno, lo cual violenta los principios de derecho internacional.
De las actividades de incidencia efectuadas por la Defensoría se concluye que la discusión en la Asamblea Legislativa sobre la aprobación de una norma para la implementación de la técnica FIV no responde a las obligaciones de acatamiento inmediato de lo dispuesto por la sentencia del Caso FIV. Para la Defensoría sigue sin existir un acuerdo para el acatamiento de la sentencia.
Según información remitida a esta Defensoría por parte de varias de las entidades públicas, no hay nuevas acciones tomadas por la Caja después de junio de 2013, fecha en la que se efectuó el diagnóstico de situación de la FIV y se definieron los requisitos tanto de infraestructura como de recurso humano para la implementación de la técnica.
Esta es otra forma de demostrar la resistencia de las autoridades estatales hacia la implementación de la sentencia. En relación con el funcionamiento de la Unidad de FIV, aún no se conoce ningún estudio de costos efectuado por la CCSS que permita comprobar algún indicio de avance para la implementación, en tanto no se han identificado ni las posibles personas proveedoras de los servicios, ni el presupuesto para hacer frente a esas contrataciones. Esta es una muestra más de que no se considera la FIV como un asunto de implementación a corto plazo.
A la fecha no hay disponibilidad de FIV dentro de los servicios de la CCSS y permanece vigente la prohibición de esta técnica en el país. Es decir, no se evidencia una voluntad clara de cumplimiento por parte de la Caja Costarricense de Seguro Social.
Así se concluye que las autoridades del Poder Ejecutivo han condicionado el cumplimiento de la sentencia de la Corte IDH, a la existencia de una ley, invisibilizando el carácter ejecutorio de la sentencia y alejándose de las obligaciones estatales de acatamiento de las disposiciones de ese Tribunal, y no han tomado otras medidas para garantizar el acceso a los derechos reconocidos en el Caso FIV.
De hecho, la posición de las distintas instituciones que conforman el Estado Costarricense ha sido sostener que mientras no exista una norma legal promulgada en la Asamblea Legislativa, no podrá «levantarse la prohibición».
En concreto, la falta de consistencia del Poder Ejecutivo de la República de Costa Rica para la convocatoria del proyecto de ley, la falta de acciones concretas y progresivas de las autoridades de Salud para asegurar la implementación de la técnica, sumadas a la ausencia de un impulso urgente del proyecto en la Asamblea Legislativa, han impedido la implementación de la sentencia y por lo tanto del cumplimiento de la obligación por parte del Estado. Irrespeto al derecho internacional
Para la Defensoría, la orden de levantar la prohibición e implementar la técnica FIV en Costa Rica ha sido irrespetada tanto por las autoridades del Poder Ejecutivo como del Legislativo.
Las acciones y omisiones descritas en el informe presentado por la Defensoría indican que existe un incumplimiento por parte de quienes están llamados a garantizar el levantamiento de la prohibición de FIV.
El ente defensor estima que mientras no se tomen las medidas necesarias para atender lo dispuesto por la sentencia de la Corte IDH basándose en la ausencia de ley, el Estado Costarricense violenta lo dispuesto en la Convención de Viena y se aleja de las disposiciones de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y de la Convención de Viena sobre el Derecho de los Tratados.
Por esa razón, la Defensoría de los Habitantes de la República de Costa Rica solicitó a la Corte IDH que valore la posibilidad de llamar a las partes a una audiencia para la implementación de medidas que favorezcan el acatamiento de lo dispuesto por ese tribunal en 2012.
FUENTE: Defensoría de los Habitantes de la República de Costa Rica