ARGENTINA: Denuncian acciones insuficientes para reducir la contaminación ambiental

El Consejo de Defensores del Pueblo de la Cuenca Salí-Dulce, que integran los Defensores del Pueblo de la Nación y de las provincias de Tucumán, Santiago del Estero y Córdoba, dio a conocer una declaración conjunta manifestando la necesidad «de un mayor compromiso de los organismos nacionales en la gestión de recuperación de  la Cuenca» además de solicitar la elaboración de un Plan Integral de recuperación con metas, actividades y plazos definidos.

Otro reclamo del Consejo de Defensores esta referido a la urgente necesidad de reglamentar la ley 25.688, de Presupuestos Mínimos de Gestión Ambiental de las Aguas. 

La Defensoría del Pueblo de la Nación le había elevado al Consejo un informe de situación con el análisis de las respuestas de los organismos nacionales, dando cuenta de que «las acciones encaradas por el Comité de Cuenca para reducir la contaminación ambiental son insuficientes o inconducentes, que no existe una eficaz acción conjunta entre las autoridades nacionales y provinciales, y que la Nación no cumple un rol de liderazgo en esta grave problemática que afecta a más de 5 millones de habitantes de la Cuenca».

Otras medidas que adoptará el Consejo de Defensores están referidas a la convocatoria a distintas Organizaciones No Gubernamentales de la Cuenca para dar participación a la sociedad y conocer su opinión; realizar pedido de informes a las autoridades provinciales solicitando el listado completo de empresas que operan en la Cuenca, la localización de basurales, los asentamientos precarios y las plantas de tratamiento de efluentes cloacales.

Acerca del mayor aporte de vinazas – un subproducto de la fermentación industrial de la melaza– a los cursos de agua, el Defensor del Pueblo de la Nación le pedirá a las autoridades nacionales que informen si se han realizado estudios de impacto ambiental previos.

Finalmente, el Consejo de Defensores del Pueblo de la Cuenca Salí-Dulce acordó volver a reunirse en un plazo no menor a 30 días.

FUENTE: Defensor del Pueblo de la Nación, Argentina.