Autoridades educativas no verificaron cumplimiento de exigencias legales para brindar autorización.
Tras el accidente de tránsito ocurrido recientemente, el cual provocó la muerte de 19 personas, entre ellas 10 escolares que viajaban a bordo de un volquete, la Defensoría del Pueblo pidió a la Dirección Regional de Educación que informe sobre los procedimientos sancionatorios iniciados a los directores de los colegios que de manera irregular autorizaron el traslado de los menores en dichas condiciones de riesgo.
El jefe de la Oficina Defensorial en Huánuco, Pier Paolo Marzo, indicó que esta institución ha constatado que Yonel Espinoza, director del colegio César Vallejo del distrito de Cahuac así como José Tucto Tarazona director de la Unidad de Gestión Educativa Local de Yarowilla habrían incumplido con las obligaciones legales exigidas para aprobar y autorizar el viaje de los estudiantes.
En razón de ello, mediante un oficio enviado a la Directora Regional de Educación, Ada González insistió en que aplicando las sanciones que correspondan a los actos que terminaron con la muerte, evitable, de diez escolares, se contribuirá a impedir que ello vuelva a repetirse, aun teniendo en cuenta que durante el año escolar continuarán presentándose otras excursiones o visitas.
Precisó además que dichas autoridades debieron verificar la copia del contrato de la empresa de transporte, la póliza del seguro de vida y de accidentes de los pasajeros, así como la constancia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones que certifica que los vehículos cuentan con autorización para este tipo de servicios, además de su constancia de operatividad.
El funcionario dijo que en este caso dichos pasos no fueron cumplidos, lo cual permitió que los menores fuesen trasladados en un volquete, desde Cahuac hasta Chavinillo, a fin de participar de las actividades oficiales por el Día de la Bandera y del aniversario de la provincia de Yarowilka. Viaje que, en el tramo de retorno, terminó en un accidente que dejó a 19 personas fallecidas y 54 heridos, luego de que el conductor perdiese el control del vehículo por encontrarse en estado de ebriedad.
Sostuvo que dicho camión perteneciente a la Municipalidad distrital de Cahuac, carecía de placa de rodaje, de acuerdo a información proporcionada por la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran), además tampoco contaba con el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) según lo señalado por el Hospital Regional Hermilio Valdizán.
Finalmente, afirmó que la Defensoría del Pueblo en cumplimiento de su mandato de proteger los derechos de la persona y la comunidad hará seguimiento a este caso a fin de que se realicen los respectivos correctivos que no vuelvan a afectar derechos fundamentales como la vida.
FUENTE: La Defensoría del Pueblo de la República de Perú