PUEBLA: Vulneran servidores públicos derecho a la libertad

La CDHEP, emitió la recomendación número 49 de 2011, por la queja presentada por un ciudadano contra autoridades del municipio de San Jerónimo Xayacatlán, Puebla, por haber sido detenido tras pedir a elementos de seguridad pública, presentaran el Bando de Policía y Buen Gobierno.


En la queja presentada el 7 de julio de 2011 ante la CDHEP, el ciudadano refiere que el 22 de junio de este año, se encontraba en compañía de otras personas tomando refrescos y cervezas en la vía pública, cuando elementos de la policía municipal les pidieron bajar la música; ante lo cual el quejoso solicitó le mostraran el Bando de Policía y Buen Gobierno, motivo por el que lo detuvieron y condujeron a la cárcel Municipal, de donde salió horas más tarde, sin que le hayan iniciado procedimiento administrativo.

Los policías alegaron que la persona estaba ingiriendo bebidas alcohólicas y escandalizando en vía pública, actos considerados infracciones al artículo 73 del Bando de Policía y Buen Gobierno de dicho municipio, por lo que la Policía Municipal le llamó la atención; sin embargo, al encontrarse bajo los influjos del alcohol cuestionó el actuar de los oficiales.

Pese a la declaración de los servidores públicos, la detención del quejoso, sin iniciar un procedimiento administrativo, vulneró los derechos humanos de libertad, legalidad y seguridad jurídica del ciudadano, reconocidos en los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9.1 y 10.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; 7.1 y 7.2, de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 4.9 y 11.1 del Conjunto de Principios para la Protección de Todas las Personas Sometidas a Cualquier Forma de Detención o Prisión.

Ante esto la CDHEP recomendó al Presidente Municipal de San Jerónimo Xayacatlán, Puebla, pida al Contralor Municipal, inicie el respectivo procedimiento administrativo de responsabilidad a los servidores públicos Comandante y elementos de la Policía Municipal que intervinieron en la privación de la libertad del ciudadano, además de emitir una circular a los elementos de seguridad pública municipales en el que se les instruya que en lo sucesivo, cuando detengan a una persona por infracciones administrativas o por la comisión de un delito, inmediatamente la pongan a disposición de la autoridad competente.

 

FUENTE: Comisión Estatal de Defensa de los Derechos Humanos de Puebla