ESTADO DE MÉXICO: Se vulneró el derecho humano a la salud de un migrante indocumentado que sufrió un accidente en el tren

Un migrante indocumentado proveniente de Honduras sufrió un accidente en el tren que abordó en territorio mexiquense para cruzar el país. Tras el percance, el hombre fue trasladado al Hospital General “José Vicente Villada” de Cuautitlán, donde fue atendido de manera inadecuada, lo que ocasionó la amputación de una porción de su extremidad inferior y motivó una Recomendación por parte de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de México, dirigida a la Secretaría de Salud estatal.


En su resolución 08/2011, el Organismo defensor de los derechos fundamentales de la entidad determinó que la atención recibida por el migrante en junio de 2010 fue imprudente y negligente, ya que tras ingresar severamente lesionado luego de que una rueda del tren pasó por encima de su pie, los galenos no detectaron la fractura que presentaba, por lo que le realizaron curaciones, lo vendaron y dieron de alta.

Ello originó que dos días después reingresara con el pie en muy mal estado, lo que ameritó amputación de una porción de la extremidad. Además, el hombre requirió ser canalizado al Hospital Juárez de México para una cirugía, pero ello no se llevó a cabo de manera oportuna ya que las gestiones no se realizaron de forma óptima bajo el argumento de que el paciente era indocumentado, lo cual es contrario a los preceptos establecidos en la Ley para Combatir, Prevenir y Eliminar Actos de Discriminación en la entidad.

La Comisión de Derechos Humanos concluyó a partir de investigaciones, testimonios y la consulta de peritajes por parte de la Comisión de Arbitraje Médico del Estado de México, que tres servidores públicos adscritos al citado nosocomio brindaron una atención médica negligente e imprudente al migrante lo que vulneró su derecho humano a la protección de la salud.

La CODHEM estableció que la doctora de urgencias Gabriela Aviña Sánchez no detectó radiográficamente la fractura en pie derecho así como tampoco describió las lesiones a nivel de los tejidos blandos de la extremidad. Así, solicitó la interconsulta de cirugía general al doctor Federico Fuentes Terrazas siendo valorado el agraviado cinco horas después de sufrir el accidente.

En ese momento tampoco se advirtió la fractura, no obstante, el médico procedió a suturar la herida y solicitó la interconsulta al servicio de traumatología y ortopedia. Luego, el médico Mario Alberto Ramírez González valoró al paciente y a más de 12 horas de ocurrido el accidente sí observó fractura expuesta grado II y consideró la herida como potencialmente infectada, datos clínicos que le permitían advertir la gravedad del caso y la urgencia de un tratamiento adecuado, sin embargo se concretó a colocarle un vendaje en el pie, una férula  y prescribirle antibióticos.

La CODHEM consideró que su actuación fue incorrecta al dar de alta al paciente sin considerar el elevado riesgo de complicaciones que presentaría. Aún más, el médico Mario Alberto Ramírez González soslayó la circunstancia de que el paciente era un migrante indocumentado, sin posibilidades económicas para solventar sus necesidades básicas y los gastos generados por su padecimiento y en transgresión a su obligación de proveerle atención de calidad,  le prescribió diversos medicamentos que bien pudo la institución de salud pública –mediante la gestión correspondiente- entregar sin costo.

Además, hubo inobservancia a la Norma Oficial NOM 168 SSA1 1998 del expediente clínico, toda vez que la integración del mismo fue deficiente, carece de hojas de indicaciones, enfermería, formatos de interconsulta, e información  sobre el protocolo terapéutico.

Por tanto, la Defensoría de Habitantes indicó que los médicos incumplieron las obligaciones y deberes establecidos en las legislaciones locales e internacionales, pues su actuación fue deficiente, negligente y omisa, ya que no cumplieron con cuidado y esmero el servicio que tenían encomendado, no realizaron una revisión exhaustiva, oportuna y completa del padecimiento y no proporcionaron tratamiento oportuno e idóneo al paciente.

Por lo anterior, la CODHEM recomendó a la Secretaría de Salud que todo el personal adscrito al mencionado hospital reciba cursos de actualización en las materias de derechos humanos, bioética y atención a grupos en situación de vulnerabilidad, entre los que se encuentran los migrantes.

Además, se solicitó evaluar periódicamente el desempeño de todo el personal médico y paramédico adscrito a las clínicas y hospitales de la Secretaría de Salud no sólo para observar lo establecido en la Norma Oficial 168-SSA1-1998, referente al expediente clínico, sino para evitar omisiones, impericias y retardos en el desempeño de la práctica médica.

 

FUENTE: Comisión de los Derechos Humanos del Estado de México