Bolivia: Defensoría del Pueblo presenta dos propuestas normativas para la Población LGBTI y lanza campaña por la Diversidad Sexual

La Defensoría del Pueblo, este 28 de junio, cuando se recuerda el Día Internacional de la Diversidad Sexual, anunció la presentación del Anteproyecto de Ley de Acuerdo de Vida en Familia y la propuesta de tipificación de Crímenes de Odio para ser incluida en el nuevo Código del Sistema Penal boliviano y lanzó la campaña de sensibilización e información “La orientación sexual y la identidad de género son diversas”.

La Constitución Política del Estado en su Artículo 14, Parágrafo II,  prohíbe y sanciona toda forma de discriminación fundada en razón de sexo, orientación sexual, identidad de género, entre otras, remarcó la Adjunta Defensorial, Tamara Núñez del Prado.

“Este reconocimiento constitucional ha permitido lograr avances importantes en la lucha de las diferentes poblaciones para evitar y erradicar la exclusión, discriminación, racismo y sexismo en la sociedad, en ese marco, el 21 de mayo de 2016 se aprobó la Ley 807 de Identidad de Género, estableciendo el procedimiento para el cambio de nombre propio, dato de sexo e imagen de personas transexuales y transgénero en toda documentación pública y privada vinculada a su identidad, permitiéndoles ejercer de forma plena el derecho a la identidad de género”, señala un comunicado defensorial.

La Adjunta señaló que la Ley 603 Código de Familias, de 19 de noviembre de 2015, regula los derechos de las familias, las relaciones familiares y los derechos, deberes y obligaciones de sus integrantes sin discriminación  ni distinción alguna; reconociendo la unión por relaciones afectivas, emocionales y de valores constitucionales.

La nueva propuesta normativa Acuerdo de Vida en Familia, es un proyecto que fue presentado por las diferentes organizaciones que conforman la población TLGB y la Defensoría del Pueblo sistematizó su contenido. De igual manera la propuesta sobre “Crímenes de Odio” fue trabajada por la institución defensorial conjuntamente este sector y otros que se encuentran en situación de vulnerabilidad como son las personas adultas mayores, niñez y adolescencia, personas con discapacidad.

En el primer caso, destaca tres elementos esenciales, que parten que el Acuerdo de Vida en Familia es una institución social de carácter jurídico; incorpora el derecho al seguro social (corto y largo plazo) para la pareja; y se constituye ante Notaria o Notario de Fe Pública.

En cuanto a la tipificación de Crímenes de Odio, la propuesta establece que éstos se fundan en motivos discriminatorios por razón de orientación sexual; identidad de género; sexo; color; origen; cultura; nacionalidad; credo religioso; ideología; filiación política; condición económica, social o de salud; tipo de ocupación; condición de discapacidad; y edad.

Se plantea  una sanción con la pena máxima de 30 años cuando la muerte sea conexa al delito de racismo, discriminación, xenofobia, misoginia, lesbofobia, homofobia, y transfobia; cuando la muerte sea resultado de ritos, iniciaciones, desafíos o prácticas grupales; cuando con anterioridad a la muerte la persona haya sido víctima de violencia por parte de la persona autora; y cuando la persona autora lo realizara por un sentido de misión o percepción de poder que consistiera en eliminar a una persona identificada dentro de una población vulnerable.

De acuerdo a datos de la organización Capacitación y Derechos y Ciudadanía (CDC), se tienen contabilizados en el país 64 casos de crímenes de odio que no fueron judicializados como tales por no contar con la tipificación como un delito de crímenes de odio en la legislación boliviana.