Costa Rica: Sala Constitucional declara con lugar recurso de amparo a niña de 8 años. Defensoría presentó coadyuvancia

Tribunal deberá realizar juicio por abuso sexual a niña en un plazo máximo de 3 meses. La Defensoría de los Habitantes calificó acertada la resolución emitida por la Sala Constitucional, que recuerda a las autoridades judiciales atender, sin postergación alguna, los procesos en los que figure como víctima un niño, niña o adolescente. El fallo de la Sala IV obedece a un recurso de amparo presentado por una niña de 8 años para que el Tribunal Penal de Cartago fije en un plazo no mayor a tres meses el juicio contra una persona acusada por abuso sexual.

Tras conocer el caso, la Defensoría de los Habitantes presentó una coadyuvancia donde se expuso, entre otras cosas, la normativa nacional e internacional de Derechos Humanos que reconoce a los niños, niñas y adolescentes el acceso y permanencia en la justicia; garantizando el interés superior del niño. En su resolución, la Sala Constitucional legitima la intervención de la Defensoría como coadyuvante al considerar que “es por ley el órgano encargado de proteger los derechos e intereses de los habitantes”.

En el estudio del caso, la Sala Constitucional destaca que “el plazo de aproximadamente cuatro años que habrá transcurrido desde la interposición de la denuncia hasta la realización del debate programado para setiembre de 2020 resulta evidentemente excesivo y desproporcionado, y constituye una grosera lesión al derecho fundamental a una justicia, pronta cumplida y sin denegación de la amparada. Además del daño causado por el delito acusado, la falta de resolución del proceso judicial expone a la víctima a una nueva lesión a su dignidad y al sano desarrollo, con las consecuencias que ello implica tanto en el presente como a futuro”, señala la resolución. En consecuencia, ordena que, en el plazo máximo de tres meses, contado a partir de la notificación de esta resolución, se realice el debate y se dicte la sentencia.

Para la Defensoría, también resulta de suma importancia destacar el llamado que hacen las y los Magistrados al Presidente de la Corte Suprema de Justicia, Fernando Cruz Castro, a garantizar la plena y adecuada implementación de la normativa y políticas institucionales en respeto a los derechos reclamados por la persona menor de edad.

Asimismo, el Tribunal Constitucional ordenó a la Secretaría Técnica de Género del Poder Judicial, que gire las órdenes pertinentes y lleve a cabo todas las actuaciones que estén dentro del ámbito de sus competencias, para que, en el plazo máximo de seis meses, se genere un modelo de indicadores que permitan medir de manera concreta y veraz, el cumplimiento de las políticas institucionales del Poder Judicial relacionadas con el interés superior de las personas menores de edad.

Considera la Defensoría trascendental este fallo de la Sala IV ya que concuerda con lo estipulado en el Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño, específicamente lo que concierne a la obligación que tienen los Estados de adoptar medidas adecuadas para proteger en todas las fases del proceso penal los derechos e intereses de los niños víctimas.

“Las personas menores de edad tienen derecho a que sus causas se diriman sin mayor dilación y evitar que casos como el presente el plazo para juicio y sentencia resulte más que excesivo y cause revictimización en las personas menores de edad violentadas”, manifestó la Defensora de los Habitantes, Catalina Crespo.

Oficina de Prensa

Defensoría de los Habitantes