MÉXICO: Recomendación a la Comisión Nacional de Seguridad por tortura

La CNDH, que preside el Doctor Raúl Plascencia Villanueva, emitió la Recomendación 09/2013, dirigida al Comisionado Nacional de Seguridad, por el caso de tortura y retención ilegal de un policía municipal de Zitácuaro, Michoacán, a manos de elementos de la Policía Federal, perteneciente a la entonces Secretaría de Seguridad Pública Federal (SSPF).

El uniformado, de 26 años de edad, al tener conocimiento de que era buscado por miembros de aquella dependencia se presentó voluntariamente ante su superior, el director de la Secretaría de Seguridad Pública Municipal, quien lo entregó en instalaciones de la autoridad federal.

Fue detenido y trasladado a un inmueble donde varios elementos federales lo interrogaron; fue despojado de su ropa, le ataron pies y manos, y le vendaron los ojos; lo golpeaban y presionaron para que confesara ser miembro de la delincuencia organizada.

Después fue trasladado en camioneta y en helicóptero a otras instalaciones de la Policía Federal, donde siguió el interrogatorio; ante su negativa para aceptar su participación delincuencial lo llevaron a un baño donde de nueva cuenta fue golpeado y amenazado de que se tomarían represalias en contra de su esposa e hijos.

Un día después fue trasladado por tierra a las oficinas de la entonces Subprocuraduría de Investigación Especializada en Delincuencia Organizada (SIEDO), perteneciente a la Procuraduría General de la República (PGR) en la Ciudad de México.

En el trayecto fue insultado y golpeado hasta dañarle el oído izquierdo; ese mismo día, 16 horas después de su detención, el policía municipal fue puesto a disposición del agente del Ministerio Público de la Federación adscrito a la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra la Salud. La esposa del policía agraviado presentó escrito de queja ante la CNDH, instancia que inició una investigación en la que evidenció violaciones a los derechos humanos a la legalidad, a la libertad, a la seguridad jurídica, a un trato digno, y a la integridad y seguridad personal de la víctima, atribuibles a servidores públicos de la Policía Federal.

Por ello, en su Recomendación 09/2013, este Organismo público autónomo solicitó a la Comisión Nacional de Seguridad, tomar las medidas necesarias para reparar el daño, incluyendo la atención médica y psicológica que restablezca su salud física y emocional al estado en que se encontraba previo a la transgresión de sus derechos humanos.

Se diseñe e imparta a la totalidad de los servidores públicos de la Policía Federal, un Programa Integral de Educación, Formación y Capacitación en materia de derechos humanos. Igualmente, se les proporcione equipos de grabación de audio y video que permitan acreditar que las acciones llevadas a cabo durante los operativos que realizan, se apegan a los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a esos derechos.

También solicita que se tomen medidas para que esos servidores públicos elaboren los informes que rinden a la CNDH, apegándose a la verdad, con la finalidad de fomentar en ellos la cultura de la legalidad y el respeto a los derechos humanos.

Emita una circular que indique al personal la obligación para que los detenidos sean puestos a disposición de la autoridad ministerial correspondiente, sin dilación alguna.

Se colabore ampliamente con esta Comisión Nacional en el trámite de la queja y denuncia que este Organismo público autónomo promueva ante el Órgano Interno de Control respectivo y ante la Procuraduría General de la República, respectivamente.

FUENTE: Comisión Nacional de Derechos Humanos de México