SAN LUIS POTOSÍ: La tortura continúa como práctica sistemática en instituciones de seguridad, procuración de justicia y penitenciarios

Así lo establece el informe elaborado por las comisiones de derechos humanos de siete estados, entre ellos San Luis Potosí, que se entregará a la ONU. El diagnóstico sienta un precedente en cuanto a las labores conjuntas de los organismos defensores de los derechos humanos.

 

En el contexto de la comparecencia del Estado mexicano ante el Comité contra la Tortura (CAT) de la Organización de las Naciones Unidas, los organismos públicos de derechos humanos del Distrito Federal, Guerrero, Hidalgo, Michoacán, Querétaro, San Luis Potosí y Tlaxcala, han elaborado un informe regional conjunto en donde examinan la situación de la tortura en el país así como en sus respectivas entidades, con el fin de brindar al CAT información relevante para el examen periódico de nuestro país el próximo 1 y 2 de noviembre.

Este es un informe sin precedentes dentro del sistema ombudsman mexicano, pues es la primera ocasión en que 7 organismos autónomos analizan conjuntamente la situación de los derechos humanos, en este caso del estado de la tortura, a través de un informe dirigido a un órgano del sistema universal de protección de los derechos humanos, lo que sin duda es muestra de un esfuerzo común por visibilizar la situación de la tortura en el país y fortalecer el sistema no jurisdiccional en favor de la protección de los derechos de todas las personas.

El Informe da cuenta de las situaciones estructurales que favorecen la perpetración de los actos de tortura por parte de las autoridades locales, analiza la tipificación del delito de tortura en todas las entidades federativas, así como su concordancia con los estándares establecidos en la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

Con la información proveniente de los siete organismos públicos de derechos humanos, se concluyó que la tortura en México continúa siendo una práctica sistemática en las instituciones de seguridad, procuración de justicia y penitenciarias, favorecida por omisiones estructurales del sistema de justicia que generan altos niveles de impunidad.

Se evidenció que uno de los principales fines la tortura es obtener confesiones o información por parte de las personas detenidas pos las policías investigadoras de los estados; violación grave que generalmente viene acompañada de detenciones ilegales o arbitrarías e incomunicaciones prolongadas. En el mismo informe se puso de relieve la falta de acceso a la justicia a las víctimas de tortura y su consecuente denegación a su legítimo derecho a la reparación, como uno de los factores que favorecen la impunidad y la reiteración de estas graves violaciones a los derechos humanos.

El informe advierte de la emisión, entre 2008 y lo que va de 2012, de 58 Recomendaciones por actos de tortura y 16 Recomendaciones por tratos crueles, inhumanos y degradantes. Asimismo, se analizaron recomendaciones paradigmáticas de cada organismo y se recuperó información acerca de las autoridades locales que, de acuerdo a la documentación de los estados, cometen de forma recurrente o sistemática actos de tortura.

Sobre la tipificación de la tortura, se evidenció que en el 41% de los estados ésta se encuentra en códigos penales, en 22% de los estados existe una doble normatividad, es decir, la tortura se encuentra tipificada en los código penales y en leyes especiales, y en el 37% de los estados, la tipificación se encuentra sólo en legislación especial. En el mismo sentido, sólo el 19% de los estados contemplan en sus leyes disposiciones detalladas en materia de prevención de la tortura, en 34% la normatividad insuficiente o inexacta y, en el 47% de los casos no existe disposición alguna.

Cabe señalar que el CAT es el órgano de expertos independientes que tiene como propósito supervisar la aplicación de la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, a través del examen periódico de los Estados que forman parte de la misma y expresa sus preocupaciones y recomendaciones a través de sus observaciones finales.

Las conclusiones del CAT y los informes alternativos enviados por las organizaciones de la sociedad civil y los organismos públicos de derechos humanos, pueden ser consultadas en la siguiente página de internet: http://www2.ohchr.org/english/bodies/cat/cats49.htm.

Asimismo, el informe conjunto de los organismos autónomos de derechos humanos sobre la situación de la tortura podrá ser consultado en la página: http://www.cedhslp.org.mx

 

FUENTE: Comisión Estatal de Derechos Humanos de San Luis Potosí