HONDURAS: Urge tipificación del delito de femicidio en el Código Penal

Entre el 2002 y el 15 de junio de 2011 se registró la muerte violenta de 2,364 mujeres. En los primeros seis meses de 2011, alrededor de 190 mujeres perdieron la vida, de las cuales en apenas 13 casos se conoció al responsable del hecho, lo que indica que en más del 90% de los delitos el o los victimarios son desconocidos.



El Comisionado Nacional de los Derechos Humanos, Ramón Custodio, urgió al Congreso Nacional tipificar el delito de femicidio en el Código Penal, como una de las medidas  para contrarrestar la violencia contra las mujeres y sancionar a los autores materiales de tan abominables hechos, que en los últimos tres años y medio dejo como saldo el promedio de una víctima diaria.

En una misiva dirigida al Poder Legislativo, Custodio recomienda que se legisle en el sentido de crear el tipo penal específico de femicidio, con una pena mayor y con agravantes. “Estamos tratando que en el Código Penal se tipifique en forma individualizada el crimen contra la mujer y si es posible que haya una pena agravada”, dijo el defensor de los derechos humanos.

El femicidio no existe en el Código Penal hondureño  por lo que se aplican otros tipos penales  detallados  en el título sobre los “Delitos contra la vida y la integridad corporal”. Hasta ahora, en Centro América los países que han legislado en la protección del derecho a la vida de las mujeres están Costa Rica  que lo hizo en abril de 2007, Guatemala en marzo del 2008 y El Salvador el 01 de enero de 2011.

Actualmente en el Congreso Nacional ya existe una propuesta encaminada a adicionar el artículo 118-A, al Decreto No. 144-83 del 23 de agosto de 1993 contentivo del Código Penal. Dicho artículo establece que comete femicidio quien diere muerte a una mujer, cuando concurra como circunstancia la relación íntima o de conveniencia, tales como el matrimonio o en unión libre de hecho ya sea que ésta última esté reconocida o no; sin que haya relación intima o de convivencia exista acoso o ataque sexual; y que el hecho delictivo se realice por conexión.

La propuesta también determina que se impondrá pena de prisión de (30) a cuarenta (40) años  a quien  cometa actos de femicidio. El femicidio es definido  como la muerte violenta de mujeres ya sea producto de un asesinato, homicidio o parricidio, por el hecho de ser mujer, situación que según Custodio se constituye como la mayor violación a los derechos humanos y el más grave delito de violencia contra la mujer.

Explicó que el femicidio se caracteriza por el ensañamiento que hay por parte del victimario, al mutilar, desmembrar o dejar marcas en el cuerpo de la víctima. En ocasiones, señaló,  aplastan la cara o queman su cuerpo para borrar la identidad de la víctima e incluso se producen masacres en donde la mujer es asesinada junto a sus hijos menores en su propia casa.

Declaró que la muerte violenta de mujeres aumenta cada año y al igual que ocurre con la mayoría de delitos en el país, la norma es la falta de castigo a los responsables. “En manos de los asesinos perecen desde profesionales universitarias, amas de casa, mujeres en prostitución, estudiantes, trabajadoras de maquilas, vendedoras, ancianas y hasta niñas menores de diez años”, indicó.

Se estima que entre el 2002 y el primer semestre del 2011 murieron en forma violenta 2,364 mujeres. Esta situación de violencia afecta a las mujeres en todos los rangos de edad y se expresa tanto a nivel físico, psicológico, sexual e incluso patrimonial.

Alrededor del 70% de las víctimas tienen un rango de edad entre los 15 y los 40 años, aunque las más expuestas a morir en forma violenta son las mujeres entre los 20 y los 24 años.

En el 2011 la tendencia es a la alza

Hasta el 15 de junio de  2011 alrededor de 190 mujeres perdieron la vida, de las cuales el 83% fueron víctimas de las armas de fuego, un 14% de las armas blancas, mientras que  el resto murió por asfixia, estrangulamiento y por otras causas violentas.

Otro de los hallazgos registrados sobre la muerte violenta de mujeres es que en apenas 13 casos se conoció al responsable del hecho, lo que indica que en más del 90% de los delitos el victimario es desconocido.

Custodio considera que la actual situación de violencia contra las mujeres es producto de la ausencia de políticas públicas preventivas, la carencia de programas específicos contra el femicidio, las deficiencias en la investigación y la impunidad.

El ombudsman hondureño recordó que cuando fungió como presidente del Consejo Centroamericano de Procuradores de Derechos Humanos, en el 2006, propuso investigar el  femicidio como una tendencia socio patica a nivel centroamericano. «Hicimos el estudio y encontramos que Guatemala y Honduras es donde mueren más mujeres en forma violenta”, declaró.

Pese a que el estudio se hizo del conocimiento de las autoridades encargadas de la seguridad en el país, Custodio lamentó que aún no se haya diseñado una estrategia para detener,  disminuir y poder controlar este fenómeno.

En su criterio, la falta de una política del Estado hondureño en esta materia es de una alta responsabilidad para quienes gobiernan el país. Advirtió que si no se buscan estrategias urgentes para controlar la muerte violenta de mujeres  va a pasar lo mismo que el SIDA porque cuando se presentó el primer caso en El Progreso, en 1985, nadie hizo nada.

Agregó que 26 años después la epidemia del SIDA tuvo un crecimiento de tal magnitud que hoy somos uno de los países con más portadores del virus en el mundo.

Finalmente dijo que se debe priorizar y darle seguimiento a la violencia y la discriminación contra las mujeres, especialmente a la situación del femicidio, para lo cual es necesario unir esfuerzos entre todas las organizaciones que luchan por los derechos de la mujer, para brindar una respuesta satisfactoria, eficaz y oportuna a esta problemática y asegurar su pronta erradicación.

 

FUENTE: Comisionado Nacional de los Derechos Humanos de Honduras