COLOMBIA: Fallo de tutela interpuesta por la Defensoría ordena no recibir más reclusos en cárcel de Riohacha

Gracias a un fallo de tutela interpuesta por la Defensoría del Pueblo, la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá ordenó al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (Inpec) y al director del Establecimiento Penitenciario de Mediana Seguridad y Carcelario de Riohacha abstenerse de remitir o recibir internos de otros centros penitenciarios y carcelarios hasta tanto no se verifiquen las condiciones mínimas de las que da cuenta el estatuto penitenciario.

De igual manera, ordenó diseñar un plan de redistribución de la población carcelaria con miras a descongestionar ese establecimiento de reclusión. Y, además, conceder el amparo solicitado por la Dirección Nacional de Recursos y Acciones Judiciales de la Defensoría del Pueblo en relación con el estado de las instalaciones, los servicios de agua potable y salud y la implementación de programas de estudio y trabajo para los reclusos.

Según el Defensor del Pueblo, Jorge Armando Otálora Gómez, el amparo constitucional fue interpuesto ante la grave situación de hacinamiento que se presenta en ese centro de reclusión, diseñado para albergar cerca de 100 internos y que normalmente mantiene cerca de 500 reclusos (una sobrepoblación de 400%); lo que vulnera flagrantemente los derechos fundamentales constitucionales a la vida, salud, integridad personal y dignidad humana de este grupo de colombianos.

«A esta situación se suman las condiciones de insalubridad, la falta de agua e higiene en la preparación de los alimentos, la precariedad de la infraestructura del establecimiento, la inadecuada atención en salud y la carencia de programas de estudio y trabajo que permitan la resocialización», destacó el Defensor.

Otálora Gómez recordó que, actualmente un total de 19 centros penitenciarios y carcelarios del país no pueden recibir nuevos reclusos por órdenes judiciales similares a la que acaba de tomar el Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá. «La labor de la Defensoría, en este sentido, se traduce en abogar por la población vulnerable que se encuentra en circunstancias indignas de reclusión al interior de dicho establecimiento, máxime cuando existe una decisión judicial que data del año 2006 y que ordena la construcción de un nuevo penal en la ciudad de Riohacha, al que no se le ha dado cabal cumplimiento», agregó.

Para enfrentar este problema, que se viene como un ‘efecto dominó’, el Defensor del Pueblo la ha solicitado reiteradamente al Gobierno Nacional para que estudie la posibilidad de acudir a la figura constitucional de la declaratoria de emergencia social para que pueda enfrentar de manera urgente los grandes problemas de hacinamiento y salud que ha venido comprobando desde hace siete meses, en las 27 visitas que ha realizado a los diferentes centros de reclusión del país. «No es suficiente con la emergencia carcelaria, para atender esta grave situación, pues es apenas una medida de carácter administrativo», puntualizó Otálora Gómez.

Reubicar internos en cárcel de Palmira

En otra labor de la Defensoría del Pueblo Regional Valle del Cauca que da cuenta de una acción de tutela que resultó favorable, la Sala Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga le ordenó al Ministerio de Justicia y al Inpec definir un plan de trabajo para que en un plazo perentorio de dos años (en caso de remodelación o ampliación del penal) o tres años (si se construye uno nuevo), se reubique el personal de internos del establecimiento penitenciario y carcelario de Palmira a fin de erradicar la sobrepoblación carcelaria actual y brindar condiciones de vida y salubridad, acorde con la dignidad humana de los reclusos de este centro carcelario.

En el fallo también se le ordena al director del establecimiento penitenciario y carcelario de Palmira adelantar las gestiones necesarias ante las autoridades competentes para garantizar mejores condiciones de salubridad y atención médica de los reclusos.

La tutela fue interpuesta por Regional Valle del Cauca ante la grave situación de hacinamiento que se presenta en ese centro de reclusión, diseñado para albergar 1.254 internos y que actualmente cuenta con 2.029 reclusos (una sobrepoblación del 161,8%); lo que vulnera flagrantemente los derechos fundamentales constitucionales a la vida, salud, integridad personal y dignidad humana de este grupo de colombianos.

 

FUENTE: Defensoría del Pueblo de la República de Colombia