PUEBLA: Cobro indebido del servicio de agua

La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Puebla (CDHEP), emitió la recomendación número 48 de 2011, por el caso de una persona que denunció el cobro indebido del servicio de agua, como sanción por no participar en las festividades religiosas de San Gabriel Chilac, Puebla.

 


La queja presentada el 27 de junio de 2011 ante la CDHEP, refiere que el Presidente de la Directiva del Ramal de Agua Potable de San Gabriel Chilac, cobró a un habitante del municipio, mil 745 pesos por no haber participado en las festividades religiosas, debido a que la persona profesa otra religión a la católica, fijando además un plazo de 30 días para que realizara el pago del adeudo, ya que de no liquidar dicha cantidad, cortarían el servicio de agua potable.

Con dichos actos, la Presidencia Municipal de San Gabriel Chilac, vulneró los derechos reconocidos en los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 9 de la Constitución Política de Puebla; 7 y 12 de la Declaración Universal de Derechos Humanos; V de la Declaración Americana sobre Derechos Humanos, al imponer sanciones a un ciudadano, por no participar de las festividades de la comunidad.

Por lo anterior, la CDHEP recomendó al Presidente Municipal de San Gabriel Chilac, Puebla, ordene al Titular del Ramal Número 16 de Agua Potable, se abstenga de realizar cobros indebidos o imponer sanciones a los usuarios del servicio por no participar en las festividades de la comunidad, además de establecer un mecanismo de vigilancia con el fin de evitar la imposición de sanciones o cobros, basándose en usos o costumbres.


FUENTE: Comisión Estatal de Defensa de los Derechos Humanos de Puebla