SINALOA: Recomendación General Nº 9 sobre los derechos de los pueblos indígenas

SR. GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE SINALOA, SEÑORA Y SEÑORES PRESIDENTES MUNICIPALES DEL ESTADO DE SINALOA 

P R E S E N T E.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 7º fracción VIII de la Ley Orgánica de la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Sinaloa, éste órgano autónomo constitucional del Estado de Sinaloa, goza de atribuciones para proponer a las diversas autoridades del Estado y los Municipios en el ámbito de sus competencias, promuevan los cambios y modificaciones de disposiciones legislativas y reglamentarias, así como de prácticas administrativas, que a juicio
de esta Comisión Estatal, redunden en una mejor protección de los derechos humanos.

En atención a la necesidad de realizar acciones concretas para posibilitar el ejercicio pleno de los derechos de las poblaciones indígenas en el Estado de Sinaloa, al tomar como guía las obligaciones directas generadas para el Estado de conformidad con el artículo 2º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, tratados internacionales en la materia suscritos por nuestro país y demás ordenamientos nacionales aplicables, esta Comisión Estatal ha optado por emitir la presente resolución.

Consulte la recomendación:

http://www.cedhsinaloa.org.mx/_documentos/recomendaciones/generales/09.pdf

FUENTE: Comisión Estatal de Derechos Humanos de Sinaloa