MÉXICO: LOGRA LA CNDH LA LIBERTAD ANTICIPADA DE 674 INDÍGENAS

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos gestionó y logró beneficios legales para 674 personas pertenecientes a diversas etnias indígenas que estaban recluidas en diversos penales de la República Mexicana.  


Se trata de 631 hombres y 43 mujeres de etnias como Cora, Chianteco, Chol, Maya, Mixteco, Mayo, Náhuatl y Huichol, entre otras, quienes recibieron el certificado que tramitó ante las autoridades competentes el Programa de Gestión de Asuntos sobre Beneficios de Libertad Anticipada.
La libertad anticipada o condicionada al cumplimiento de requisitos legales, entre ellos la acreditación de buena conducta durante la reclusión, es un recurso establecido por las leyes mexicanas en favor de quienes han delinquido por primer vez.

También se analiza que la salida de esas personas favorezca la reinserción social y ayude a evitar la sobrepoblación en los centros penitenciarios.

De los 674 indígenas beneficiados, 72 hombres y 25 mujeres cumplían sentencias del fuero federal, en tanto que 18 mujeres y 559 varones estaban sentenciados bajo el fuero común.

En el caso del fuero federal, los beneficios legales obtenidos son producto del convenio de colaboración que la CNDH firmó en 1999 con la ahora Secretaría de Seguridad Pública, la PGR, el Instituto de Defensoría Pública y la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.

De los 1,179 casos que la CNDH presentó durante 2009 ante autoridades penitenciarias para su revisión, 1,028 correspondieron al fuero común y 151 al fuero federal.

La Comisión Nacional considera que estos beneficios constituyen una oportunidad para quienes han cometido un solo delito (primodelincuentes) y también para quienes han demostrado con su conducta  en prisión, que pueden merecer una oportunidad de reintegrarse a su entorno familiar, a la sociedad en general y a la vida productiva del país.

La CNDH seguirá impulsando las solicitudes de quienes cumplan los requisitos y hayan alcanzado los méritos suficientes para hacerse acreedores a los beneficios de la libertad anticipada.

 

Fuente: Tomado de la Comisión Nacional de Derechos Humanos