PANAMÁ: Sentencia a periodistas contradice principios y jurisprudencia interamericana

El trabajo es un derecho fundamental y la sentencia condenatoria a los periodistas, con pena accesoria que los inhabilita por un año en el ejercicio de la profesión del periodismo, es un fallo, además en sí desproporcionado, que los condiciona y los hace más vulnerables, dijo hoy el Defensor del Pueblo, Lic. Ricardo Julio Vargas.

El Ombudsman expresó que ha observado las tres sentencias que se dieron sobre el caso de Sabrina Bacal y Justino González y en los documentos no se logra demostrar que hubo ánimo o intención de causar daño, a propósito de la doctrina de la Real Malicia.
 
 “Esta sanción nos preocupa porque va en contra de la doctrina, la jurisprudencia y principios fundamentales o básicos de la libertad de expresión a nivel interamericano”, indicó el Lic. Vargas.
 
Al ser consultado sobre la preocupación que debe existir en torno a una posible declaración de inconstitucionalidad del párrafo que despenaliza la calumnia e injuria, Vargas destacó que “hay serios motivos porque preocuparse, pues se pensaba que este era un tema que ya había sido superado”.
 
Vargas manifestó que no tiene como norma hacer un juicio sobre una decisión que se toma en el ámbito judicial, porque es un tema de respeto hacia la competencia privativa del sistema Judicial, pero por tratarse de un derecho fundamental, lo obliga a un pronunciamiento público al respecto.
 
En tal sentido, agregó que la Defensoría del Pueblo tiene el deber de proteger y tutelar por un derecho que es tan connatural al ser humano, como la libertad de expresión y prensa.
 
El Ombudsman reiteró que los servidores públicos contemplados en el artículo 304 de la Constitución Política, no pueden recurrir a la vía penal para proteger su honor cuando se sientan ofendidos. Para ello disponen de la esfera  civil para exigir tutela y responsabilidades, tal cual quedó adoptado con la reforma al Código Penal vigente desde 2008, producto de la adecuación de la legislación a los estándares que alienta la Relatoría para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la O.E.A.

FUENTE: Defensoría del Pueblo de Panamá.