Con la promulgación de la Ley N° 807 de Identidad de Género, el 21 de mayo de 2016, Bolivia no sólo demostró su vocación de respeto y ser garante de los derechos de toda la población sin discriminación y en igualdad de condiciones, también dio un paso histórico para la población Lesbiana, Gay, Bisexual, Transexual, Transgénero e Intersexual (LGBTI), al establecer por primera vez en su historia, el procedimiento para el cambio de nombre propio, dato de sexo e imagen de personas transexuales y transgénero, en toda documentación pública y privada vinculada a su identidad, permitiéndoles ejercer de forma plena su derecho a la identidad de género.
La efectividad de la aplicación de esta Ley ha dependido, en gran medida, de las capacidades que las instituciones encargadas de su cumplimiento han demostrado para hacer que este procedimiento sea eficiente y se ajuste a los parámetros establecidos en la norma, tal el caso de la rápida elaboración y aprobación del “Reglamento para el Cambio de Nombre Propio y dato de sexo en partidas de nacimiento de personas transexuales y transgénero” por parte del SERECI, que se constituye en una acción efectiva y positiva. En esa línea, y a tiempo de reconocer los logros alcanzados, llamamos a todas las instituciones y Órganos del Estado a continuar y desarrollar un trabajo comprometido en la implementación de la Ley de Identidad de Género.
Si bien reconocemos que ha habido avances significativos, también hay que reconocer que todavía falta mucho más por hacer y es importante que instituciones como el Ministerio de Educación, Ministerio de Defensa, Dirección General de Régimen Penitenciario, Policía Boliviana, Sistema Nacional de Registro de Antecedentes Policiales (SINARAP), y las Cajas de Salud Pública, pongan en vigencia sus reglamentos conforme a lo dispuesto por la Ley N° 807. Por otro lado, es imperante que los servidores públicos en general estén capacitados sobre los contenidos y alcances de esta norma para no incurrir en vulneraciones u omisiones a los derechos de estas personas.
Datos oficiales muestran que hasta el marzo de 2019, el SERECI ha concluido 270 procedimientos de solicitud de cambio de identidad, la mayor cantidad de solicitudes se procesaron en La Paz, Santa Cruz y Cochabamba.
Como Defensoría el Pueblo hacemos un llamado al Estado a cumplir con las recomendaciones emitidas por el Comité de Derechos Humanos en el Tercer Informe Periódico sobre el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (CCPR/C/BOL/CO/3), que recomienda que: “El Estado garantice que sus políticas públicas aseguren los recursos y mecanismos suficientes para la implementación del marco legislativo contra la discriminación en todos los niveles del Estado y debe llevar a cabo amplias campañas de educación y sensibilización de la población, y de capacitación en el sector público, que promuevan la tolerancia y el respeto de la diversidad. Asimismo, el Estado parte debe declarar públicamente que no tolerará ninguna forma de estigmatización social, discriminación o violencia contra personas por su orientación sexual o identidad de género. El Estado parte debe también velar por que se proceda a la investigación, el enjuiciamiento y la sanción de todo acto de violencia motivado por la orientación sexual o la identidad de género de la víctima, así como adoptar medidas apropiadas para asegurar que los actos de discriminación se investiguen y las víctimas obtengan reparación”.
Finalmente, y en referencia a la Sentencia Constitucional Plurinacional (SCP) 0076/2017, que establece que hay tareas pendientes para reivindicar derechos específicos de la población Trans, exhortamos a su cumplimiento respecto al establecimiento de un debate democrático con los actores de la colectividad en su conjunto y las instancias estatales correspondientes, tomando en cuenta los principios y valores proclamados en la Constitución Política del Estado.
La Paz, 21 de mayo de 2019.