COLOMBIA: Defensoría del Pueblo gana tutelas a favor de dos mujeres cabezas de hogar



 

La Defensoría del Pueblo Regional Huila ganó tutelas a favor de dos mujeres cabezas de hogar, a quienes se les había negado la prórroga de Ayuda Humanitaria de Emergencia, pese al grado de vulnerabilidad que padecían luego de su desplazamiento forzado.

 

Las dos mujeres, una con tres hijos menores de edad y actualmente en embarazo de alto riesgo, y otra, con una grave situación familiar dado que su hijo padece una enfermedad terminal, habían solicitado a Acción Social, en reiteradas ocasiones, el suministro de ayudas para alojamiento y alimentación, sin poder acceder a ellas.

 

Teniendo en cuenta lo anterior, la Defensoría del Pueblo Regional Huila, en cabeza de Constanza Arias Perdomo, interpuso las acciones de Tutela invocando como argumento fundamental la incapacidad de las usuarias de generar su autosostenimiento y el de sus familias, así como la obligación de Estado de atender integralmente a la población víctima de desplazamiento que no ha logrado su restablecimiento socioeconómico.

 

“Las mujeres que ejercen la jefatura de hogar tienen una protección constitucional reforzada, según el Auto 092 de 2008, expedido por la Corte Constitucional; por lo tanto se debe aplicar a estos casos la presunción de vulnerabilidad a favor de mujeres desplazadas con una grave situación socioeconómica”, señaló Constanza Arias.

 

Con estos argumentos, los Juzgados Segundo Penal del Circuito Especializado y Juzgado Quinto Civil del Circuito de Neiva, encontraron una vulneración flagrante a los derechos a la vida digna, por lo que ordenaron a Acción Social, que en un término no mayor a 72 horas, otorgara la Ayuda Humanitaria de Emergencia y prorroga de Ayuda Humanitaria consistente en subsidio de arrendamiento y alimentación por un término indefinido, hasta que se superen las graves circunstancias, procurando suministrar los elementos necesarios para la implementación de un proyecto productivo que les garantice su autososteminiento hacia el futuro.

 

Para la Defensora del Pueblo del Huila esta decisión judicial es satisfactoria y garantista de los derechos de las víctimas de desplazamiento que “son personas que no cuentan con opciones reales de empleo o generación de ingresos, educación superior y acceso a una vivienda digna”.

 

Fuente: Tomado de la Defensoría del Pueblo de la República de Colombia.